Sentencia nº 000132-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Enero de 2011

Fecha de Resolución19 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-476
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0132-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-476
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : JOSÉ LUIS SANTAMARÍA SANDOVAL
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4584-2010/CCO-INDECOPI del 25 de
junio de 2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor José
Luis Santamaría Sandoval frente a Panamericana Televisión S.A.
ascendentes a S/. 25 148,73 por capital y S/. 1 657,71 por intereses, derivados
de CTS, vacaciones e indemnización vacacional y remuneraciones impagas;
debido a que estos se encuentran sustentados en su autoliquidación
detallada y el trabajador ha acreditado el vínculo laboral con la empresa
deudora durante el periodo en el que se devengaron dichos créditos.
Lima, 19 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 27 de marzo de 2010, el señor José Luis Santamaría Sandoval (en
adelante, el trabajador) solicitó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos de origen laboral frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en
adelante, Panamericana) ascendentes a S/. 32 860,30 por capital y
S/. 2 406,66 por intereses2.
2. El 19 de abril de 2010, la Secretaría Técnica de la Comisión requirió al
trabajador que cumpla con: (i)acreditar el cese de la relación laboral con
Panamericana; (ii) presentar una liquidación de CTS calculada por períodos
semestrales y/o mensuales; (ii) precisar los periodos impagos por
remuneraciones por días feriados laborados; (iii) informar si inició algún
proceso judicial contra la deudora respecto de los créditos invocados, y,
(iv) acreditar la cuantía de las remuneraciones percibidas desde la fecha de
ingreso hasta el 27 de marzo de 2005, en aplicación de lo dispuesto por el
1 Publicación del som etimiento a concurso preventivo: 15 de febrero de 2010.
2 En sust ento de su s olicitud, el trabajador presentó copia de diez (10) boletas de pago de r emuneraciones
correspondientes a los meses de enero, abril, agosto y noviembre de 2002, enero de 2003, febrero, m arzo y de
octubre a diciembre de 2007, en las cuales se consigna como fecha de ingreso del trabajador el 1 de f ebrero de
2001.

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