Sentencia nº 001117-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Abril de 2012

Fecha de Resolución16 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2634-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1117-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2634-2010/CPC
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR -
SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : PALOMA MARIEL MUÑOZ VENTO
DENUNCIADA : INVERSIONES FAJARDO S.R.L.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
INMUEBLES
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS O
PARTES DE EDIFICIOS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia, al haber quedado acreditado que la denunciada
no cumplió con entregar una piscina en la azotea del Edificio en calidad de
área común, conforme a lo pactado.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 16 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. El 15 de septiembre de 2010, la señora Paloma Mariel Muñoz Vento (en
adelante, la señora Muñoz) denunció a Inversiones Fajardo S.R.L.1 (en
adelante, la Constructora) ante la Comisión de Protección al Consumidor -
Sede Lima Sur por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección
al Consumidor2. En su denuncia, la señora Muñoz señaló lo siguiente:
(i) El 5 de marzo de 2007 adquirió de la denunciada un departamento
por un valor de US$ 30 000,00 en el Edificio Residencial “San Bartolo
Beach” ubicado en Calle San Martín s/n, esquina con Calle Nautica,
Urbanización San Bartolo, distrito de San Bartolo, Lima (en adelante,
el inmueble), el cual le fue entregado el 8 de mayo de 2008;
(ii) pese a que en el Anexo “Acabados de Residencial San Bartolo
Beach” del contrato de compraventa de bien futuro se especificó que
formaba parte de las áreas comunes del Edificio una “piscina en la
azotea con pintura epóxica y sistema de recirculación”, la misma fue
1 Identificado con RUC 20502074637 y con domicilio en Calle Coronel Inclan 931, distrito de Miraflores, provincia y
departamento de Lima.
2 Cuyo texto y sus modificatorias hasta el 30 d e enero de 2009 se encuentran c omprendidos en el Decreto Supremo
006-2009-PCM, Texto Único Ordenad o de la Ley del Sistema de Protección al Consumid or.
M-SC2-13/1B

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