Sentencia nº 000472-2004/SCO de Sala concursal, 6 de Agosto de 2004

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2004
EmisorSala concursal
Expediente19-1999/04-01/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN N° 0472-2004/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 019-1999-04-01/CSM-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA CON
SEDE EN LIMA (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES UNIÓN VIDA (AFP UNIÓN VIDA)
DEUDOR : ARTÍCULOS VARIOS IMPORTACIONES S.A. EN
LIQUIDACIÓN (AVISA)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
QUIEBRA
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y
TABACO
SUMILLA: En los casos en que se declare judicialmente la quiebra de la
empresa deudora, la competencia respecto del procedimiento concursal de
dicha empresa, así como de los procedimientos de reconocimiento de créditos
derivados del mismo, es asumida por la autoridad jurisdiccional, perdiendo
competencia la Sala para emitir pronunciamiento respecto del recurso de
apelación que se encuentre en trámite.
Lima, 6 de agosto de 2004
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por AFP Unión Vida contra la Resolución N° 207-
2004/CDCO-ODI-UDP del 27 de enero de 2004 que reconoció en parte los créditos
invocados por dicha entidad previsional frente a AVISA.
CONSIDERANDO:
1. Que, el 9 de enero de 2004 AFP Unión Vida invocó el reconocimiento de los
créditos que alegaba mantener frente a AVISA
1
ascendentes a S/. 4 706,79 por
capital y S/. 1 876,56 por intereses, derivados de aportes previsionales impagos
correspondientes a los meses de diciembre de 1999 a agosto de 2001 y de enero
a julio de 2002;
2. Que, por Resolución Nº 207-2004/CDCO-ODI-UDP del 27 de enero de 2004 la
Comisión reconoció parte de los créditos invocados por capital, ascendentes a
S/. 564,30, otorgando a los créditos ascendentes a S/. 453,36 el primer orden de
preferencia y a los créditos ascendentes a S/. 110,94 el quinto orden de
preferencia. Asimismo, declaró improcedente el reconocimiento del resto de los
créditos invocados por AFP Unión Vida, toda vez que se devengaron con
1
Por Resolución Nº 1151-1999/CRP-ODI-CCPL del 27 de julio de 1999 se declaró la insolvencia de AVISA. Posteriormente,
mediante Resolución N° 0654-2000/CRP-ODI-CCPL del 6 de abril de 2000, la Comisión declaró la disolución y l iquidación
de AVISA, asumiendo la conducción de dicho procedimiento. El 15 de mayo de 2000, se suscribió con Right Business S.A.
el respectivo Convenio de Liquidación.

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