Sentencia nº 000235-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2000/CRP-PIURA-02-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala Especializada en Defensa de la Compet encia
RESOLUCIÓN 0235-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000/CRP-PI URA-02-04
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : COMISIÓN LIQUIDADORA DEL FONAVI
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITOS CONTINGENTES
CALIFICACIÓN DE SOLICITUD
NULIDAD
ACTIVIDAD : CAPACITACIÓN, ALMACENAMIENTO,
TRATAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA.
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS
SERVIDAS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 0374-2012/INDECOPI-PIU
del 12 de junio de 2012, que declaró improcedente el pedido de reducción de
créditos contingentes de titularidad de la Comisión Liquidadora del Fonavi
formulado por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau
S.A., toda vez que en atención a la verdadera naturaleza del contenido de
dicho pedido, el órgano de primera instancia debió encauzarlo como un
pedido de levantamiento de registro de créditos contingentes y darle el
trámite respectivo, por lo que la resolución recurrida adolece de un vicio que
acarrea su invalidez, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del
En consecuencia, SE DISPONE que la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Norte1 tramite el pedido de levantamiento de registro de
créditos contingentes presentado por la Empresa Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A.
Lima, 7 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 303-2000/CPR-PIURA del 6 de noviembre de 2000,
confirmada por Resolución 0110-2001/TDC-INDECOPI del 16 de febrero de
2001, la Comisión de Reestructuración Patrimonial del Indecopi en Piura
declaró el inicio de concurso de Entidad Prestadora de Servicios de
1 Mediante Resolución 157-2012-I NDECOPI/COD, publicada en el diario oficial “El P eruano” el 20 de octubre de 2012,
el Consejo Directivo del Indecopi aprobó la Directiva 002-2012/DIR- COD-INDECOPI que dispone que los
procedimientos administrativos en materia d e Procedimi entos Concurs ales que se tramitan ante las Comisiones
adscritas a las O ficinas Regionales de Lambayeque, La Libertad y Piura sean deri vados en el estado en qu e se
encuentren a la Comisión de Procedim ientos Concursales de l a sede Lima Norte, órgano funcional que h a asumido
competencia conforme a lo establec ido en la referida Directiva.

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