Sentencia nº 000066-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Enero de 2012

Fecha de Resolución11 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente056-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 0066-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 056-2007/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : INVERSIONES OLINDA MALLAUPOMA SUAREZ EN
LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1003-2011/CCO-INDECOPI del 21 de
febrero de 2011, que dejó sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de
Inversiones Olinda Mallaupoma Suárez S.A.C. en Liquidación, por no haber
constituido una carta fianza a favor del Indecopi dentro del plazo otorgado
para tal efecto y, en consecuencia, declaró la conclusión del procedimiento
concursal ordinario de dicho deudor, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 97.4 de la Ley General del Sistema Concursal; y dispuso la remisión
de los actuados al Cuarto Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima
a fin que se declare la quiebra de la empresa deudora, de conformidad con lo
establecido en el artículo 97.4 de la Ley General del Sistema Concursal.
Lima, 11 de enero de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución Nº 16 del 31 de enero de 2006, el Cuarto Juzgado Civil
Subespecialidad Comercial declaró la disolución y liquidación de Inversiones
Olinda Mallaupoma Suárez S.A.C. (en adelante, Inversiones Mallaupoma) y
mediante Oficio Nº 395-05-4TO.Juz.Comercial-APC-JMB recibido por la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante la Comisión)
el 5 de febrero de 2007, el referido juzgado remitió copias certificadas del
Expediente Judicial Nº 395-2005-0-1801-JR-CI-4 sobre Obligación de Dar
Suma de Dinero seguido por Caja Rural Prymera contra Inversiones
Mallaupoma a fin de que procedan conforme a sus atribuciones.
2. La situación de disolución y liquidación del señor fue difundida por la
Comisión, mediante aviso publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de
abril de 2007. Sin embargo en la fecha prevista no se llegó a instalar la Junta
por inasistencia de los acreedores reconocidos por la autoridad concursal.
3. Mediante Resolución Nº 4977-2010/CCO-INDECOPI del 14 de julio de 2010,
se designó a Soluciones Concursales & Empresariales S.A.C. (en adelante,

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