Sentencia nº 001033-2003/SCO de Sala concursal, 21 de Noviembre de 2003

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2003
EmisorSala concursal
Expediente016-1997/CCPLL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 1033-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 016-1997/CCPLL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA CÁMARA DE COMERCIO Y
PRODUCCIÓN DE LA LIBERTAD
1
(LA COMISIÓN)
DEUDOR : EMPRESA AGROPECUARIA CHICLÍN Y ANEXOS
S.A.A. EN LIQUIDACIÓN (AGROPECUARIA CHICLÍN)
DENUNCIANTES : JUAN OSWALDO SICCHA RUIZ (SEÑOR SICCHA) Y
SEGUNDO CARLOS MARIÑOS RODRÍGUEZ (SEÑOR
MARIÑOS)
DENUNCIADA : TEXSA CONSULTORES S.A.C. (TEXSA)
MATERIA : DENUNCIA DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
A CARGO DEL LIQUIDADOR
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
ACTIVIDAD : SERVICIOS AGRÍCOLAS Y GANADEROS
SUMILLA: El liquidador que cumple con diligencia las obligaciones
orientadas a realizar los activos del insolvente a fin de pagar en forma
oportuna a los acreedores, actúa conforme a lo dispuesto por la ley y el
Convenio de Liquidación.
Lima, 21 de noviembre de 2003
I. ANTECEDENTES
Por escritos presentados el 12 y 13 de diciembre de 2002, respectivamente, el
señor Siccha y el señor Mariños denunciaron a Texsa por haber incumplido con
sus obligaciones como entidad liquidadora de Agropecuaria Chiclín
2
. Los
denunciantes señalaron que, si bien en el Convenio de Liquidación de la
insolvente se estableció que la venta de tierras agrícolas de propiedad de la
insolvente debía realizarse dentro de dos meses computados a partir de la
inscripción del referido instrumento concursal en Registros Públicos, dicha entidad
inició el procedimiento de enajenación de los referidos bienes mediante
publicaciones de las convocatorias a subasta pública efectuadas los días 10 y 28
de noviembre de 2002, es decir, antes de la inscripción registral del citado
convenio, lo cual, según lo manifestado por los denunciantes, recién pudo haber
ocurrido el 10 de diciembre de 2002.
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposi ción Final de la Ley General del Sistema Concursal, dispositivo legal
publicado en el diario oficial El Peruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del mismo año, la
Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio y
Producción de La Libertad modificó su denominación a Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en la Cámara
de Comercio y Producción de La Libertad.
2
Mediante Resolución N° 014-1998/CSMLL-Expediente N° 016-1997-CCPLL del 8 de julio de 1998 se declaró la
insolvencia de Agropecuaria Chiclín. Por Resolución N° 0275-2000/CRP-ODI-CCPLL del 17 de m arzo de 2000, la
Comisión declaró de oficio la liquidación de la insolvente y el 30 de setiembre de 2002 la Junta de Acreedores designó a
Texsa como entidad liquidadora, aprobándose asimismo el Convenio de Liquidación respectivo.

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