Sentencia nº 001291-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 4 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente007-2011/CCD-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1291-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 007-2011/CCD-INDE COPI-AQP
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN AREQUIPA
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADA : MOTORSUR S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 526-2011/INDECOPI-AQP del 24 de
noviembre de 2011, en el extremo que halló responsable y sancionó
Motorsur S.A.C. con una multa ascendente a 2 (dos) Unidades Impositivas
Tributarias por infracción al principio de legalidad, bajo la modalidad
establecida en el literal f) del artículo 17.3 del Decreto Legislativo 1044 Ley
de Represión de la Competencia Desleal, al haber difundido un anuncio
publicitario en el cual omitió consignar la cantidad mínima de los productos
ofrecidos y la duración de la promoción.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 4 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 25 de marzo de 20111, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa (en adelante, la
Comisión) inició un procedimiento de oficio contra Motorsur S.A.C.2 (en
adelante, Motorsur) por la comisión de una presunta infracción al principio de
legalidad, en la modalidad recogida en el artículo 17.3 literal f) del Decreto
Legislativo 1044Ley de Represión de la Competencia Desleal. Ello, debido
a que el personal de la Secretaría Técnica de la Comisión constató que en la
página 13 de la edición del domingo 20 de febrero de 2011 del diario “El
Pueblo”, se difundió un anuncio que contenía una promoción de venta de
automóviles sin consignar su vigencia y las unidades mínimas disponibles
ofertadas3.
1 Debe señalars e que conforme a las actuaci ones del procedim iento, la resolución de imputación de cargos ha sido
emitida en el año 2011 y no en el año 2010 como figur a en dicho acto administrativo, lo cual se debería a un error
material.
2 R.U.C.: 20498107410
3 Al respecto, el anuncio publicit ario fue difundido bajo los siguientes términos:
“VENTA DE VERANO KIA – Apr ovecha y decídete YA
PICANTO Bono de descuento de: US $500 / S/.1,400
Cerato FORTE Bono de descuent o desde: US $ 1,000 / S/. 2,800
SOUL Bono de descuento desde: US $ 500 / S/. 1,400
MOHAVE Bono de descuent o de: US $ 3,000 / S/. 8,400 ”

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