Sentencia nº 000087-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 28 de Enero de 2005

Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente163-2001/04-01/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0087-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 163-2001-04-01/CRP-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD
DE PIURA CON SEDE EN LIMA (LA
COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES INTEGRA (AFP INTEGRA)
DEUDOR : FONDO Y FORMA S.A. EN LIQUIDACIÓN (FONDO
Y FORMA)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
APORTES PREVISIONALES
FUERO DE ATRACCIÓN
CRÉDITOS COMPRENDIDOS EN EL
PROCEDIMIENTO
COMPETENCIA DE LA COMISIÓN
APLICACIÓN DEL PRECEDENTE DE
OBSERVANCIA OBLIGATORIA
ACTIVIDAD : PUBLICIDAD
Lima, 28 de enero de 2005
ANTECEDENTES
El 30 de junio de 2003 AFP Integra solicitó el reconocimiento de créditos
frente a Fondo y Forma
1
, ascendentes a S/. 1 483,17 por capital y S/. 244,37
por intereses, derivados de los aportes previsionales impagos
correspondientes a los meses de octubre de 2001 a abril de 2003.
Mediante Resolución Nº 1932-2003/CDCO-ODI-UDP del 15 de julio de 2003
la Comisión reconoció créditos ascendentes a S/. 547,75 por capital,
correspondientes a los aportes previsionales devengados hasta mayo de
2002. Asimismo, en la citada resolución se declaró improcedente el pedido
en el extremo relativo a los créditos ascendentes a S/. 547,75 por capital
derivados de aportes previsionales devengados hasta abril de 2003 dado
que se generaron con posterioridad a la fecha en que se declaró la
disolución y liquidación de Fondo y Forma. Con el mismo fundamento la
Comisión declaró improcedente la solicitud en el extremo relativo a los
créditos ascendentes a S/. 244,37 por intereses calculados al 15 de junio de
2003.
El 5 de agosto de 2003 AFP Integra apeló la Resolución Nº 1932-
2003/CDCO-ODI-UDP señalando que la Ley General del Sistema Concursal
1
Por Resolución Nº 3082-2001/CRP-ODI-CCPL del 3 de octubre de 2001 se declaró la insolvencia de Fondo y
Forma, habiéndose efectuado la publicación de Ley el 29 de octubre de 2000. Posteriormente, m ediante
Resolución Nº 0868-2002/CRP-ODI-CCL del 9 de mayo de 2002 la Comisión declaró de oficio la disolución y
liquidación de Fondo y Forma, asumiendo la conducción de dicho procedimiento.

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