Sentencia nº 002173-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Julio de 2010

Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente060-2001/CRP-ODI-ULI-01-26
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2173-2010/S C1INDECOPI
EXPEDIENTE 060-2001/CRP-ODI- ULI-01-26
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : FABRICA DE ALIMENTOS Y BOCADITOS S.A. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : MANUEL ALBERTO RUIZ ROJAS
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO LABORAL
ACTIVIDAD : ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 10390-2009/CCO-INDECOPI del 25 de
septiembre de 2009, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor
Manuel Alberto Ruiz Rojas frente a Fábrica de Alimentos y Bocaditos S.A. en
Liquidación ascendentes a S/. 9 648,67 por capital y S/. 264,53 por intereses
derivados del concepto denominado “bonificación a título de gracia” en el
quinto orden de preferencia, debido a que dichos créditos si bien son de
origen laboral no gozan del privilegio del primer orden de prelación
establecido en la Ley General del Sistema Concursal al tener la naturaleza de
liberalidad de parte del empleador.
Asimismo, se declara la NULIDAD del extremo de la Resolución 1107-
2010/CCO-INDECOPI del 4 de febrero de 2010, que concedió el recurso de
apelación interpuesto por el trabajador contra la Resolución 10390-
2009/CCO-INDECOPI, en el extremo que fijó la cuantía de la totalidad de los
créditos reconocidos a favor del trabajador en S/. 64 426,13 y US$ 4 635,30
por capital y S/. 1 188,71 y US$ 369,60 por intereses, debido a que el apelante
no ha cumplido con expresar el agravio contenido en dicho extremo de la
resolución apelada.
Por último, se REVOCA en parte el extremo de la Resolución 10390-
2009/CCO-INDECOPI que precisó la cuantía de los créditos reconocidos a
favor del señor Manuel Alberto Ruiz Rojas frente a Fábrica de Alimentos y
Bocaditos S.A. en Liquidación en S/. 64 426,13 y US$ 4 635,30 por capital y
S/. 1 188,71 y US$ 369,60 por intereses, al haberse verificado que la empresa
deudora efectuó pagos a favor del trabajador y, en consecuencia,
corresponde fijar los créditos en la suma de S/. 19 756,34 y US$ 1 816,60 por
capital y S/. 565,45 y US$ 33,28 por intereses.
Lima, 22 de julio de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0653-2002/CRP-ODI-ULI del 19 de febrero de 2002, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión)

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