Sentencia nº 001643-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 8 de Julio de 2008

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente292050-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1643-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 292050-2006
1-13
SOLICITANTE : ADMINISTRACION DE EMPRESAS S.A.
OPOSITORA : SOCODA S.A.
Cuestión Previa - Riesgo de confusión entre signos que distinguen
productos de la clase 6 y servicios de la clase 37 de la Nomenclatura
Oficial: Inexistencia.
Lima, ocho de julio del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 26 de setiembre del 2006, Administración de Empresas S.A. (Perú)
solicitó el registro de la marca de servicio constituida por el logotipo
conformado por la denominación URBANOVA escrita en letras características,
encima se aprecia tres figuras que componen un triángulo rectángulo; debajo
se observa la palabra INMOBILIARIA; todo en los colores azul, turquesa, verde
y negro; conforme al modelo, para distinguir servicios de construcción,
reparación y servicios de instalación, de la clase 37 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 7 de marzo del 2007, Socoda S.A. (Colombia) formuló oposición
manifestando que:
(i) Es titular en Colombia de la marca MOBILIARIO URBANO, que distingue
productos de la clase 6 de la Nomenclatura Oficial, marca con la cual es
confundible el signo solicitado.
(ii) Los signos en conflicto son semejantes al grado de causar confusión,
debido a que el signo solicitado ha transpuesto los términos que
conforman la marca registrada a su favor en Colombia (MOBILIARIO
URBANO / URBANOVA INMOBILIARIA).

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