Sentencia nº 001074-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 21 de Julio de 2006

Fecha de Resolución21 de Julio de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000015-2006/CAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 1074-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000015-2006/CAM
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO (LA
COMISIÓN)
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE (LA
MUNICIPALIDAD)
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
Lima, 21 de julio de 2006
ANTECEDENTES
Mediante Resolución del 27 de enero de 2006, la Secretaría Técnica de la
Comisión inició un procedimiento de oficio contra la Municipalidad por la presunta
imposición de barreras burocráticas ilegales que afectan el acceso de las micro y
pequeñas empresas al mercado. Ello, en la medida que, mediante la
Ordenanza N° 069-MDL, que reglamenta el otorgamiento de las autorizaciones y
licencias municipales de funcionamiento de establecimientos comerciales,
industriales y profesionales en la jurisdicción de la Municipalidad, la investigada
estableció requisitos y condiciones para el otorgamiento de licencias provisionales
para micro y pequeñas empresas, que no se encuentran previstos en la Ley
N° 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa ni en
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR. Tales requisitos y
condiciones consistían en la exigencia de tramitar el Certificado de
Acondicionamiento, Compatibilidad de Uso y el Certificado de Inspección Técnica
de Seguridad en Defensa Civil.
El 16 de agosto de 2005, la Municipalidad presentó sus descargos señalando que
los cargos imputados por la Comisión no había tomando en consideración la
legislación existente en materia de seguridad y defensa civil.
El 12 de setiembre de 2005, la Secretaría Técnica de la Comisión emitió un informe
con relación a las barreras burocráticas materia de denuncia. Mediante Resolución
Nº 0038-2005/CAM-INDECOPI del 28 de febrero de 2006, la Comisión declaró que
la actuación de la Municipalidad, consistente en la exigencia de condiciones y
requisitos para la obtención de la autorización de la licencia de funcionamiento
provisional no previstos en la Ley N° 28015 y su Reglamento, constituye la
imposición de una barrera burocrática ilegal que afecta el acceso de las micro y
pequeñas empresas al mercado. En tal sentido, aprobó el informe elaborado por su
Secretaría Técnica y dispuso elevar copia del mismo y de la resolución al Concejo
Municipal para que resuelva conforme al artículo 48º de la Ley del Procedimiento

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