Sentencia nº 003019-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2008/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN Nº 3019-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 29-2008/C CO-INDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR.
DEUDOR : TEXTIL SAN CRISTOBAL S.A.
IMPUGNANTE : SCOTIABANK PERU S.A.A.
MATERIA : IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
ABUSO DE DERECHO
ACTIVIDAD : FABRICACION DE TEJIDOS Y ARTICULOS DE PUNTO
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0681-2010/CCO-INDECOPI en el
extremo que declaró infundada la impugnación formulada por Scotiabank
Perú S.A.A. contra el acuerdo de aprobación del Plan de Reestructuración
adoptado por la junta de acreedores de Textil San Cristóbal S.A. el 17 de
diciembre de 2009, debido a que el referido acuerdo no constituye un
ejercicio abusivo de un derecho al no desvirtuar manifiestamente los fines
económicos y sociales para los cuales el ordenamiento reconoció el derecho
que se ejerce dentro del marco impuesto por el principio de buena fe.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 0681-2010/CCO-INDECOPI en el
extremo que declaró improcedente la impugnación formulada por Prima AFP
contra el acuerdo de aprobación del Plan de Reestructuración adoptado por
la Junta de Acreedores de Textil San Cristóbal S.A. el 17 de diciembre de
2009, debido a que dicha entidad previsional no ha acreditado haber
cumplido todos los requisitos de procedencia de su impugnación previstos
Lima, 9 de noviembre de 2010
I. ANTECEDENTES
1. Por Resolución 2161-2008/CCO-INDECOPI del 7 de abril de 2008, la
Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de Textil San Cristóbal S.A. (en
adelante, Textil San Cristóbal). Dicho estado fue publicado en el diario oficial
“El Peruano” el 28 de abril de 2008.
2. El 14 de mayo de 2009, se instaló en segunda convocatoria la junta de
acreedores de Textil San Cristóbal, oportunidad en la cual adoptó los
siguientes acuerdos: (i) designar a Banco Internacional del Perú (en
adelante, Interbank) y a Victoria Global Opportunities S.A.C. (en adelante,
Victoria Global) como presidente y vicepresidente de la junta de acreedores,
respectivamente; y, (ii) aprobar la reestructuración patrimonial de Textil San
Cristóbal.

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