Sentencia nº 001471-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 27 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1525-2005/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN N° 1471-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1525-2005/CPC
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
(LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIADOS : EL DESEO S.A.C. (EL DESEO)
KC TRADING S.A.C. (KC TRADING)
ENRIQUE EGGERS S.A.C. (ENRIQUE EGGERS)
INTER ACCESS S.A. (INTER ACCESS)
MATERIA : RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR
ROTULADO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS
BEBIDAS Y TABACO
DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS
SANCIÓN: Amonestación
Lima, 27 de setiembre de 2006
I. ANTECEDENTES
El 18 de octubre de 2005, la Comisión inició un procedimiento de oficio
contra El Deseo, KC Trading y Enrique Eggers por presuntas infracciones a
lo establecido en los artículos 7, 8 y 15 de la Ley de Protección al
Consumidor. Ello, sobre la base de lo indicado en el Informe N° 466-
2005/CPC, mediante el cual la Secretaría Técnica puso en conocimiento de
la Comisión que en el establecimiento comercial de El Deseo se expendía
aceite de oliva de las marcas “Aricota” y “ La Española”, distribuidos por
Enrique Eggers y KC Trading, respectivamente, incumpliendo las normas de
rotulado.
El 18 de enero de 2006, la Secretaría Técnica de la Comisión amplió la
denuncia contra Inter Access, en tanto dicha empresa también proveía a El
Deseo del aceite de oliva “Aricota”1.
Mediante Resolución 0387-2006/CPC del 7 de marzo de 2006, la
Comisión determinó que El Deseo – como comercializador –, y KC Trading,
Enrique Eggers e Inter Access como distribuidores –, resultaban
responsables por infringir lo establecido en los artículos 7 y 15 de la Ley de
Protección al Consumidor. Lo anterior en la medida que:
1 De acuerd o con lo señalado por El Deseo en sus descargos, inicialmente la distri bución del aceite de oliva
“Aricota” se realizó con la empresa Enrique Eg gers S.A.C., pero luego tal acti vidad fue efectuada a n ombre de la
empresa Inter Access S.A.C., siend o ambas empresas vinculadas.

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