Sentencia nº 002466-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente003-2012/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Compet encia 1
RESOLUCIÓN 2466-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 003-2012/ CCO-SANCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA MINERA SAN NICOLÁS S.A.
SANCIONADO : COMPAÑÍA MINERA LOS MANTOS S.A.C.
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DEL
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ACREEDORES
PRESCRIPCIÓN
NULIDAD
ACTIVIDAD : INFORMACIÓN NO DISPONIBLE
SUMILLA: se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra Compañía Minera Los Mantos
S.A.C., por el presunto incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56.3 de
la Ley General del Sistema Concursal, y REFORMÁNDOLA, se declara que no
corresponde iniciar dicho procedimiento, dado que, al haber transcurrido
más de 4 (cuatro) años desde la consumación de la conducta, la potestad de
la autoridad administrativa para investigar y sancionar las conductas
imputadas se encuentra prescrita, conforme a lo dispuesto por el texto
vigente del artículo 233.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo
General, norma de aplicación supletoria al presente procedimiento.
Lima, 18 de septiembre de 2012
ANTCEDENTES
1. Mediante Resolución 0618-2004/CCO-ODI-ULI del 24 de febrero de 2004, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de Minera San Nicolás S.A. (en lo
sucesivo, Minera San Nicolás).
2. El 12 de diciembre de 2006, la junta de acreedores de Minera San Nicolás
adoptó los siguientes acuerdos:
(i) designar a Compañía Minera Los Mantos S.A.C. (en adelante, Minera
Los Mantos) como presidente de la junta de acreedores;
(ii) designar un comité integrado por Minera Los Mantos, el representante
de los créditos laborales, T&T Ingeniería y Construcción S.A. y
Procesadora Sudamericana S.A.;
(iii) aprobar la reestructuración patrimonial de Minera San Nicolás;
(iv) ratificar a la administración de la empresa; y,
(v) aprobar el Plan de Reestructuración de la empresa.
3. Por escrito del 3 de octubre de 2011, el señor Jaime Fortunato Abanto
Villanueva (en adelante, el señor Abanto), acreedor laboral reconocido en el
procedimiento de Minera San Nicolás, solicitó el inicio de un procedimiento
sancionador contra Minera Los Mantos, entre otros motivos, por no haber

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