Sentencia nº 000945-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 19 de Junio de 2006

Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente088-2004/CCO-ODI-ESN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN N° 0945-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 088-2004/CCO-ODI-ESN
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEL INDECOPI (LA COMISIÓN)
DEUDOR : RED GLOBAL S.A. (RED GLOBAL)
MATERIA : JUNTA DE ACREEDORES
CONVOCATORIA A JUNTA DE ACREEDORES
MEDIDA CAUTELAR
APLICACIÓN INMEDIATA DE LA NORMA
PROCESAL
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
Lima, 19 de junio de 2006
ANTECEDENTES
El 28 de setiembre de 2004 se reunió la Junta de Acreedores de Red
Global1, ocasión en que se adoplos siguientes acuerdos: (i) ratificar a las
autoridades de la Junta; (ii) ratificar a los miembros integrantes del Comité
de Acreedores de Red Global, incorporando a Boderg S.A.C. como nuevo
integrante; y, (iii) elegir a Albaconsult S.A.C. como administrador de Red
Global, en reemplazo de Corporación Peruana de Consultoría S.A. (en lo
sucesivo, Corpecon).
En la misma fecha, la Comisión emitió la Resolución 3859-2004/CCO-
ODI-ESN, por la cual dispuso suspender la reunión de Junta antes referida,
atendiendo a lo ordenado en la Resolución N° 3 expe dida el 27 de setiembre
de 2004 por el Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, y
notificada a la Comisión el 28 de setiembre de 2004. La Resolución N° 3859-
2004/CCO-ODI-ESN fue apelada por Belleville Investments Limited Co. (en
adelante, Belleville), Worldwide Features Inc. (en adelante, Worldwide), el
señor Wilson Ariel Altesor Aguirre (en adelante, el señor Altesor) y la
sucesión del señor Vittorio De Ferrari, motivo por el cual el expediente
respectivo fue elevado a la Sala.
Posteriormente, mediante Resolución N° 0809-2004/CC O-INDECOPI del 9
de noviembre de 2004, la Comisión declaró de oficio la nulidad de los
acuerdos antes indicados, argumentando que carecían de validez al haber
sido adoptados sin observar el mandato de suspensión de Junta de
Acreedores dictado por el Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil
de Lima. El 24 de noviembre de 2004, Belleville, Worldwide y el señor
Altesor apelaron la Resolución N° 0809-2004/CCO-IND ECOPI, por lo cual el
expediente respectivo fue elevado a la Sala.
1
Por Resolución N° 0578-2004/CCO-ODI-ESN del 2 de marzo de 2004, confirmada por Resoluc ión N° 0379-
2004/SCO-INDECOPI del 25 de junio de 2004, la Comisión dispuso continuar la tramitación del procedimiento de
insolvencia de Red Global, en cumplimiento de lo dispuesto por la Sala Constituc ional y Social de la Corte
Suprema de Justicia de la República mediante Resolución S/N del 25 de agosto de 2003.

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