Sentencia nº 000438-2003/SCO de Sala concursal, 3 de Junio de 2003

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2003
EmisorSala concursal
Expediente062-2002/03-01/CRP-ODI-PUC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0438-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 062-2002-03-01/CRP-ODI-PUC
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD
CATÓLICA DEL PERÚ (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : BANCO CONTINENTAL (BANCO CONTINENTAL)
DEUDOR : SOCIEDAD CONYUGAL FRANCISCO DIEZ CANSECO
TAVARA Y ROSA LUISA DE LA GUERRA SISON
(SOCIEDAD CONYUGAL DIEZ CANSECO – DE LA
GUERRA)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS SUSTENTADOS EN TÍTULOS VALORES
INTERESES
TASA CONVENCIONAL
SUMILLA: Se declara nula la Resolución N° 3566-2002/CCO-ODI-PUC emitida
el 28 de noviembre de 2002 por la Comisión Delegada de Procedimientos
Concursales en la Pontificia Universidad Católica del Perú, en el extremo
que reconoció créditos a favor de Banco Continental frente a la sociedad
conyugal Francisco Diez Canseco Tavara y Rosa Luisa De la Guerra Sison,
ascendentes a US$ 26 387,26 por concepto de intereses derivados de cuatro
(4) pagarés. Ello, toda vez que la Comisión efectuó el cálculo de dichos
créditos aplicando la tasa de interés legal, pese a que en los referidos títulos
valores las partes pactaron el devengue de intereses compensatorios y
moratorios en las tasas fijadas periódicamente por el banco para ese tipo de
operaciones.
En consecuencia, se dispone que la Comisión emita un nuevo
pronunciamiento al respecto, para lo cual deberá tomar en cuenta las
liquidaciones presentadas por Banco Continental ante esta instancia y
requerir la presentación del tarifario que sustente las tasas aplicables.
Lima, 3 de junio de 2003
I. ANTECEDENTES
Por Resolución N° 1367-2002/CRP-ODI-PUC del 11 de abril de 2002, la Comisión
declaró la insolvencia de la sociedad conyugal Diez Canseco - De La Guerra a
solicitud de Banco Continental, en aplicación del artículo 703° del Código Procesal
Civil
1
. El 14 de octubre de 2002 se hizo pública dicha situación.
Mediante Resolución N° 3566-2002/CCO-ODI-PUC del 28 de noviembre de 2002,
la Comisión reconoció de oficio a favor de Banco Continental créditos
ascendentes a US$ 108 800,00 por concepto de capital y US$ 26 387,26 por
concepto de intereses derivados de cuatro (4) pagarés emitidos por Servicios
1
Cabe indicar que dicha resolución fue confirmada por Resolución N° 0448-2002/TDC-INDECOPI expedida el 19 de julio
de 2002 por la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI.

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