Sentencia nº 000509-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Junio de 2003

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1252-2000/OIN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0509-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1252-2000/OIN
1-37
ACCIONANTE : COLGATE PALMOLIVE PERÚ S.A.
EMPLAZADA : RITA VILLENA SARMIENTO
Nulidad de modelo de utilidad – Falta de novedad – Nivel inventivo de los
modelos de utilidad
Lima, tres de junio de dos mil tres
I. ANTECEDENTES
Con fecha 23 de noviembre del 2000, Colgate Palmolive Perú S.A. (Perú) solicitó la
nulidad de la patente de modelo de utilidad denominada CEPILLO DENTAL
INFANTIL CON DEMARCACIÓN PARA COLOCACIÓN DE DENTÍFRICO
FLUORADO, inscrita mediante Título N° 000104 a favor de Rita Villena Sarmiento.
Señaló lo siguiente:
- El mencionado modelo de utilidad carece de los requisitos señalados por ley,
tales como: novedad y nivel inventivo.
- Respecto de la falta de novedad: La propia emplazada - en el punto 3 de la
memoria descriptiva de su solicitud de modelo de utilidad – reconoció que existen
en el mercado internacional cepillos dentales con demarcaciones coloreadas; y
que, sin embargo, dichas demarcaciones tienen un sentido comercial estético u
ornamental, más no una utilidad clínica, que es a la que está dirigida su modelo
de utilidad.
- Dicha solicitud fue observada por el examinador de patente, quien señaló que
había encontrado por lo menos tres modelos de utilidad con tales características,
precisando que el hecho que un cepillo presente parte de sus cerdas coloreadas
en un tono diferente no constituye en sí mismo ninguna novedad; por esta razón,
rechazó las reivindicaciones R3, R4, R5, R6 y R7 y pidió que se modifiquen las
reivindicaciones R1 y R2, señalando como modelo de utilidad a consignarse el
siguiente: “un cepillo dental del tipo que tiene una porción de cerdas coloreadas
caracterizado porque presenta en el dorso de la cabeza una depresión o cavidad
que tiene dos flechas en alto relieve que apuntan hacia los extremos laterales de
dicha cabeza”.
- En base a ello, mediante Resolución N° 000291-1999/OIN, se otorgó la patente
del mencionado modelo de utilidad, aprobándose las siguientes reivindicaciones:
1. Cepillo dental infantil con demarcación para colocación de dentífrico
fluorado, del tipo que tiene una porción de cerdas coloreadas, caracterizado
porque presenta en el dorso de la cabeza una depresión o cavidad en
sentido transversal y en la frontal un conjunto de penachos coloreados en
sentido transversal.
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2. Cepillo dental infantil de acuerdo con la reivindicación R1, caracterizado
porque la depresión o cavidad está ubicada en el tercio medio superior,
donde presenta flechas de forma triangular fácilmente detectables al tacto,
situadas en dirección transversal que apuntan hacia los costados.
3. Cepillo dental infantil de acuerdo con la reivindicación R1, caracterizado
porque la frontal del cepillo presenta un conjunto de penachos coloreados,
ubicados en el tercio medio o superior, con una sección transversal que
varía entre 0,5 cm2 a 0,8 cm2.
- Respecto de la falta de nivel inventivo: Resulta evidente que la sola presentación
de cerdas coloreadas conteniendo en la parte posterior de la cabeza del cepillo
una depresión que presenta flechas en dirección transversal no constituye
invento alguno, pues no soluciona ningún problema ni permite un mejor o
diferente funcionamiento del cepillo de dientes para niños. Esto se evidencia en
la Resolución N° 000291-1999/OIN-INDECOPI – mediante la cual se otorgó la
patente del cuestionado modelo de utilidad – donde no se consigna ninguna
utilidad, ni mejor funcionamiento que justifique la concesión del modelo de
utilidad. Además, no se puede pensar que un cepillo, por presentar cerdas
coloreadas de modo diferente al resto, va a llevar a que los niños utilicen la
cantidad adecuada de pasta dentífrica.
- La patente otorgada podría ser considerada como un diseño industrial, por
cuanto constituye sólo una forma tridimensional de carácter ornamental, pero no
como un modelo de utilidad, ya que, a pesar de que la emplazada manifestó que
dicho modelo soluciona un problema con relación al cepillado de los niños, las
tres reivindicaciones que han sido otorgadas por la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías, sólo describen la forma tridimensional de un objeto ya
conocido, un cepillo de dientes, pero esta forma tridimensional no constituye
ninguna ventaja técnica.
Fundamentó su acción en los artículos 86, 97 y 99 del Decreto Legislativo 823.
Con fecha 27 de diciembre del 2000, Rita Villena Sarmiento absolvió el traslado de la
acción de nulidad. Manifestó lo siguiente:
- La accionante, una vez más, pretende la suspensión del procedimiento de
infracción del modelo de utilidad CEPILLO DENTAL INFANTIL CON
DEMARCACIÓN PARA COLOCACIÓN DE DENTÍFRICO FLUORADO, iniciado
por su parte. Asimismo, la accionante ha indicado maliciosamente que se le
notifique en un domicilio anterior, con la única intención de que transcurra el
plazo sin que su parte pueda contestar la acción, hecho que impediría el ejercicio
de su derecho de defensa y al debido proceso. Precisó que la accionante conoce
su actual domicilio procesal, ya que le cursó una carta con fecha 3 de octubre del
2000, para que se desista de apelar en el procedimiento N° 000701-99/OIN –
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referente a la acción que le inició por infracción de modelo de utilidad - a cambio
de que su empresa se desista de la presente acción.
- La solicitud de modelo de utilidad en cuestión no fue observada por ningún
tercero y fue concedida aprobándose tres reivindicaciones. Si bien durante el
transcurso de la solicitud el examinador efectuó algunas observaciones, lo
solicitado era algo “novedoso”, ya que difería de todo aquello pre-existente; en
caso contrario, no se le hubiese otorgado modelo de utilidad alguno.
- El modelo de utilidad otorgado incorpora ventajas que los demás cepillos no
tenían, ya que al concedérsele la patente, se han verificado los supuestos de
hecho a que hace referencia la ley a fin de considerar la utilidad o mejor
funcionamiento de un modelo de utilidad.
- Ha realizado estudios con el propósito de reducir la excesiva ingestión de
dentífrico fluorado, desarrollando una técnica llamada “Técnica Transversal para
la colocación de dentífrico fluorado: Una alternativa para niños en edad pre-
escolar”. Dicha técnica indica la colocación del dentífrico en sentido transversal a
las cerdas del cepillo formando un ángulo de 90°; así, se obtiene como máximo
0.40 g. de dentífrico, dosis que se considera ideal en términos preventivos de
caries y sin riesgos para la aparición de fluorosis en caso de ingestión por los
niños, a diferencia de utilizarse el cepillo en sentido longitudinal, donde se
encontraron valores de 1.0 g., lo cual es excesivo.
- En niños de 7 años, que se encuentran en fase de desarrollo, formación y
mineralización de los dientes permanentes, una ingestión de flúor puede provocar
alteraciones en el proceso de mineralización de los dientes y causar la
denominada fluorosis, enfermedad que trae consigo problemas estéticos
irreversibles que podrían evitarse si se proporcionara a los niños la dosis
adecuadas (semejantes al tamaño de una arveja o frijol pequeño) y no excesivas
de flúor.
- Es por esta razón que surgió la idea de aplicar este método en un cepillo infantil,
que, además de ser un instrumento de higiene, también sería un instrumento
educativo para utilizar correctamente el dentífrico fluorado. Así, ya que ningún
niño – y probablemente ningún adulto – sabrá cuánto de pasta está colocando en
el cepillo, una de las reivindicaciones de su modelo de utilidad está referida a la
cantidad de pasta dental que debe aplicarse, lo que se consigue mediante el área
coloreada, en la cual la pasta dental se aplica transversalmente (para ello está el
indicativo de las flechas en el dorso del cepillo), señalando la cantidad exacta de
pasta que debe usarse y que no va a causar daño por exceso de flúor, evitando
la incidencia de fluorosis.
- En el momento de presentación de solicitud del modelo de utilidad cuestionado
no existía ninguna otra solicitud ni registros previos que presentaran las ventajas
y/o mejor funcionamiento de un cepillo dental para niños. En eso radica

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