Sentencia nº 000495-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 3 de Julio de 2002

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente010-2001/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0495-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 010-2001-CPC
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : AGUA PURA ROVIC S.A.C. (ROVIC)
DENUNCIADOS : EMBOTELLADORA LATINOAMERICANA S.A. (ELSA)
HIPERMERCADOS METRO S.A. (METRO)
E. WONG S.A. (WONG)
LBG S.A. (LBG)
MATERIA :
COMPETENCIA DESLEAL
CLAUSULA GENERAL
ACTOS DE ENGAÑO
IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
ACTIVIDAD : ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS
VENTA AL POR MENOR EN ALMACENES NO
ESPECIALIZADOS CON SURTIDO COMPUESTO
PRINCIPALMENTE DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y
TABACO
SUMILLA: en el procedimiento por presuntas infracciones a las normas de
represión de la competencia desleal iniciado por Agua Pura Rovic S.A.C.
contra Embotelladora Latinoamericana S.A., Hipermercados Metro S.A., E.
Wong S.A. y LBG S.A., la Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar improcedente la adhesión a la apelación presentada por
Hipermercados Metro S.A. y E. Wong S.A. contra el extremo de la
Resolución N° 091-2001/CCD-INDECOPI, emitida por la Comisión de
Represión de la Competencia Desleal el 16 de noviembre de 2001,
que declaró infundada la denuncia respecto a tales empresas. Ello,
toda vez que dicho extremo no causa agravio a las referidas
empresas, requisito indispensable para la procedencia del recurso
administrativo.
(ii) Revocar la Resolución N° 091-2001/CCD-INDECOPI en el extremo
apelado en que declaró infundada la denuncia contra Embotelladora
Latinoamericana S.A. por la realización de actos de engaño. En
consecuencia, se declara fundada la denuncia contra Embotelladora
Latinoamericana S.A. por la comisión de actos de competencia
desleal en la modalidad de engaño tipificados en el artículo 9° de la
Ley sobre Represión de la Competencia Desleal.
Embotelladora Latinoamericana S.A. no informó adecuadamente a
los consumidores respecto a la restricción implementada con
relación al uso que podían dar a los bidones de agua “San Antonio”,
pese a que era información relevante para su decisión de consumo.
La referida restricción fue consignada en la base del bidón y en
caracteres en alto relieve en el envase, de modo que era difícil para

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