Sentencia nº 000501-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 3 de Julio de 2002

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente017-2001/CACU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0501-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 017-2001-CACU
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA
:
COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION DE
LA LIBERTAD (LA COMISION)
DEUDOR : ESTACION DE SERVICIOS LA PERLA S.R.L.
(SERVICIOS LA PERLA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO TRANSITORIO
IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
RECURSO DE REVISION
ABUSO DE DERECHO
ACTIVIDAD : COMPRA VENTA DE COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y OTROS
SUMILLA: en el procedimiento de impugnación de acuerdos de junta de
acreedores iniciado por Estación de Servicios La Perla S.R.L., la Sala ha
resuelto confirmar la Resolución N° 0308-2002/CRP-ODI-TRU emitida el 22
de febrero del 2002 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del Indecopi en la Cámara de Comercio y
Producción de La Libertad, por la cual se confirmó la Resolución N° 0503-
2001/CAH-ODI-CCPLL emitida el 17 de noviembre del 2001 por la Comisión
Ad Hoc adscrita a la Comisión antes mencionada, que declaró infundada la
impugnación planteada por Servicios La Perla contra el acuerdo adoptado
por su junta de acreedores en reunión realizada el 26 de setiembre del 2001,
relativo a la desaprobación de su convenio de saneamiento. Ello, toda vez
que dicha decisión no constituye un ejercicio abusivo por parte de la junta
de acreedores, sino que responde al ejercicio regular del derecho de los
acreedores a decidir por la aprobación o desaprobación del convenio de
saneamiento propuesto.
Lima, 3 de julio del 2002
I ANTECEDENTES
El 30 de marzo del 2001, Servicios La Perla solicitó acogerse al procedimiento
transitorio ante el Fedatario señor Carlos Andrés Cieza Urrelo --en adelante, el
Fedatario—. En dicha solicitud, Servicios La Perla no renunció al beneficio de
suspensión de la exigibilidad de sus obligaciones. En reunión realizada el 26 de
setiembre del 2001, la junta de acreedores acordó desaprobar el convenio de
saneamiento de la insolvente con el voto unánime de los acreedores asistentes a
la reunión.
El acuerdo de desaprobación del convenio de saneamiento fue impugnado por
Servicios La Perla. Por Resolución Nº 0503-2001/CAH-ODI-CCPLL del 17 de

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