Sentencia nº 000457-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-430
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0457-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-430
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : FREDY MARTÍN HUMPIRI ARELA
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4622-2010/CCO-INDECOPI del 25 de
junio de 2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor Fredy
Martín Humpiri Arela frente a Panamericana Televisión S.A. ascendentes a
S/. 49 815,72 por capital y S/. 2 620,41 por intereses, derivados de CTS,
vacaciones e indemnización vacacional y remuneraciones impagas, debido a
que el trabajador ha acreditado el vínculo laboral con la empresa deudora
durante el periodo en el que se devengaron dichos créditos; así como la
cuantía de los créditos invocados.
Lima, 22 de febrero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 25 de marzo de 2010, el señor Fredy Martín Humpiri Arela (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur
(en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana)
ascendentes a S/. 52 615,72 por capital y S/. 2 626,57 por intereses.
2. El 14 y 22 de abril de 2010, la Secretaría Técnica de la Comisión requirió al
trabajador que entre otras cosas, cumpla con lo siguiente: (i) acreditar la
relación laboral con Panamericana; y, (ii) acreditar la cuantía de las
remuneraciones percibidas desde la fecha de ingreso hasta el 25 de marzo de
2005, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 39.4 de la Ley General del
Sistema Concursal
3. Mediante escritos del 14 y 22 de abril de 2010, el trabajador absolvió el citado
requerimiento presentando copia de siete boletas de pago en la que se señala
que el trabajador laboró para la empresa deudora desde el 1 de septiembre
de 2009 hasta la fecha de emisión de dicha constancia.
4. Por Resolución 4622-2010/CCO-INDECOPI del 25 de junio de 2010, la
Comisión resolvió lo siguiente:
1 Publicación del sometimient o a concurso preventivo: 15 de febrero de 2010.

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