Sentencia nº 001129-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 20 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente174827-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1129-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 174827-2003
1-16
SOLICITANTE : UNIÓN DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y
JOHNSTON S.A.A.
Registro de forma tridimensional - Forma usual de los envases de productos -
Falta de distintividad- Distintividad adquirida: Improcedente
Lima, veinte de octubre de dos mil tres
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de marzo del 2003, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston
S.A.A. (Perú) solicitó el registro de la marca de producto constituida por la figura
(entiéndase la forma) tridimensional de un envase cilíndrico con boca redonda, pico
ranurado con ribete sobresalido, cuello delgado que se va ampliando hasta llegar a
la parte comba, tronco cilíndrico y base redonda, conforme al modelo, para distinguir
cerveza, aguas minerales, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones
para hacer bebidas, de la clase 32 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 17 de marzo del 2003, la Oficina de Signos Distintivos emitió la orden de
publicación describiendo al signo solicitado de la siguiente manera: “La forma de un
envase (debió decir la forma tridimensional de un envase) cilíndrico con boca
redonda, pico ranurado con ribete sobresalido, cuello delgado que se va ampliando
hasta llegar a la parte comba, tronco cilíndrico y base redonda, conforme al modelo,
para distinguir cerveza, aguas minerales, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras
preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32 de la Nomenclatura Oficial”.
Con fecha 3 de julio del 2003, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston
S.A.A. hizo presente que no pretende reivindicar el logotipo que figura en el envase,
que involuntariamente lo consignó y que no forma parte en la descripción del signo
solicitado.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1129-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 174827-2003
2-16
Mediante Resolución N° 9397-2003/OSD-INDECOPI de fecha 11 de agosto del
2003, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del signo
solicitado. Consideró lo siguiente:
(i) El signo solicitado constituye una forma usual, por cuanto no está dotado por
sí solo de los atributos necesarios para ser el medio por el cual se identifique
y diferencie los productos que se pretende distinguir; dado que es utilizado
actualmente en el mercado como envases de cerveza (producto que el signo
solicitado pretende distinguir) y no presenta una diferencia en relación a la
forma de los envases que comúnmente se utilizan para la comercialización de
los productos mencionados.
(ii) No constituye una nueva forma que permita que el envase tenga un
funcionamiento mejor o diferente al que tenía antes.
(iii) El signo solicitado carece de distintividad, por cuanto no está constituido por
elementos característicos que permitan al consumidor determinar su origen
empresarial en relación con los demás que se ofrecen en el mercado y que
son elaborados por distintas empresas.
Con fecha 2 de setiembre del 2003, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y
Johnston S.A.A. interpuso recurso de apelación manifestando que:
(i) Es importante destacar que la presente solicitud de registro no mereció la
oposición de ningún fabricante de cerveza.
(ii) Si bien un análisis estrictamente teórico puede resultar muy importante en un
caso puramente jurídico, en el asunto que se debate en autos – como en
muchos campos del Derecho vinculados a la actividad económica – la
realidad desborda lo meramente jurídico. Por ello, de haberse analizado la
registrabilidad del signo solicitado tomando en consideración la actual
realidad del mercado cervecero peruano, se hubiera comprobado su
procedencia y validez.
(iii) Es de público conocimiento que desde hace muchas décadas las empresas
cerveceras peruanas utilizaron para la venta de su producto cerveza, el
envase de vidrio ámbar de 620 ml. materia de la presente solicitud,
presentación que representa más del 80% de la cerveza que se consume en
el mercado nacional, siendo que en el mercado peruano jamás se han
comercializado cervezas importadas en envases similares al solicitado.
(iv) En la actualidad el grupo empresarial Backus, a través de Unión Cervecerías
Peruanas Backus y Johnston S.A.A. y sus filiales Compañía Cervecera del
Sur del Perú S.A. y Cervecería San Juan S.A. fabrica actualmente el 100% de
la cerveza nacional y es propietario del parque de envases en que se
expenden las cervezas con sus marcas CRISTAL, PILSEN CALLAO,
TRUJJILLO, AREQUIPEÑA, CUSQUEÑA y MALTA POLAR; siendo por ende,
el único grupo empresarial que hace uso de dichos envases en todo el

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