Sentencia nº 000587-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 24 de Junio de 2002

Fecha de Resolución24 de Junio de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente114433-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 587 - 2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 114433-2000
1-20
SOLICITANTE : PROEXPA INDUSTRIAL S.A.
OPOSITOR : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A.
INTERBANK
Cuestión previa: Omisión de marcas registradas en la clase 35 - Riesgo de
confusión entre signos que distinguen servicios de las clases 35 y 36 de la
Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, veinticuatro de junio de dos mil dos.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 21 de setiembre del 2000, Proexpa Industrial S.A. (Perú) solicitó el
registro de la marca de servicio conformada por la denominación LA WEB DEL
AHORRO DEAHORROS. COM y figura de un cerdo alcancía del cual salen círculos
a manera de monedas, en los colores azul, rojo, amarillo, anaranjado, morado y
blanco, conforme al modelo1, para distinguir comercio electrónico, ventas on line, vía
internet de productos y servicios relacionados con el ahorro de dinero como:
medicinas, consumos de agua, luz eléctrica, teléfono, alimentos, artefactos, servicios
varios, ofertas especiales y demás de la clase 35 de la Nomenclatura Oficial.
Precisó que los servicios solicitados no corresponden a ningún servicio de seguros,
financieros o monetarios, correspondientes a la clase 36.
Mediante proveído de fecha 11 de octubre del 2000, la Oficina de Signos Distintivos
otorgó la orden de publicación, dejando constancia que excluirá de oficio “ventas on
line vía internet” por no corresponder, toda vez que el servicio de venta no se
encuentra clasificado.
Con fecha 12 de febrero del 2001, Banco Internacional del Perú S.A.A. (Perú)
formuló oposición manifestando lo siguiente:
- Es titular en la clase 36 de diferentes marcas de servicio, que comprenden la
denominación o la forma de un cerdo, entre ellas: DISEÑO ESTILIZADO DE UN
CERDITO, EL CHANCHITO, EL CHANCHITO REGALON, EL CHANCHITO
MILLONARIO, EL CERDITO MILLONARIO, EL CERDITO REGALON.
1 Descripción del signo conforme a la orden de publicación emitida por la Oficina de Signos Distintivos con fecha
1° de agosto del 2001, la cual fue publicada con fecha 10 de agosto del 2001 en el Diario Oficial El Peruano.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 587 - 2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 114433-2000
2-20
- Se encuentran registradas a nombre de diferentes titulares, varias marcas que
incluyen los términos WEB y AHORRO en su conformación, tales como: LA
QUINCENA DEL AHORRO, WEB DEVELOPER, WEB DE LA PEQUEÑA
EMPRESA EN EL PERU, TELEAHORRO, CUENTA DE AHORROS
ELECTRONICA BCP, EL AHORRO MÁS COMPLETO, SUPER AHORRO,
WEBHOUSE, CUENTA DE AHORROS MAGNA, AHORROFACIL, entre otras.
En ese sentido; de acuerdo con las reglas generales aplicables a la comparación
de marcas establecidas por la ley, la doctrina y la jurisprudencia; el elemento que
tendría distintividad en el signo solicitado - en la medida que está constituido por
la denominación LA WEB DEL AHORRO DE AHORROS.COM y la figura de un
cerdo alcancía del cual salen círculos a manera de monedas - es la figura del
chanchito y los círculos a manera de monedas.
- La figura del chanchito - elemento resaltante y predominante del signo solicitado
y parte de las marcas registradas - es semejante a sus marcas, por lo que resulta
confundible con las mismas.
- Existe una total correspondencia entre el signo solicitado y la marca registrada,
constituida por el diseño eslizado de un chanchito, pues ambos evocan el mismo
concepto: un chanchito o cerdito alcancía; además, el elemento figurativo de los
signos es idéntico, en la medida que en ambos casos se trata de la figura de un
chanchito de pie (en cuatro patas), de perfil (mirando hacía la izquierda),
sonriente y con un hueco en el lomo, simulando una alcancía.
- Si bien se trata de clases distintas, los servicios de la clase 35 que pretende
distinguir el signo solicitado se encuentran vinculados a los servicios bancarios,
financieros y monetarios de la clase 36 de la Nomenclatura Oficial que distinguen
las marcas registradas, por lo que es evidente que el público consumidor se verá
inducido a error sobre el origen empresarial de los servicios, en la medida que en
ambos casos se trata de darle una posibilidad de ahorro al público consumidor, al
igual que lo hace una entidad bancaria. Por ello es que la solicitante ha señalado
que el servicio a ofrecer no corresponde a ningún servicio de seguro, financiero o
monetario, tratando así de evitar que se determine la existencia de una riesgo de
asociación, lo que no es aceptable.
- La semejanza existente entre el signo solicitado y las marcas registradas
ocasionará que el público consumidor se vea inducido a confusión y error, pues
pensará que el Banco Internacional del Perú S.A.A. está vinculado con Proexpa
Industrial S.A. lo que no es cierto; más aún teniendo en cuenta la gran campaña
publicitaria que su entidad realiza, a través de los diferentes medios de
comunicación, con sus marcas registradas.
Cito jurisprudencia que consideró aplicable al caso de autos.
Mediante proveído de fecha 13 de febrero del 2001, la Oficina de Signos Distintivos
requirió al solicitante que cumpla con excluir la frase “y demás” de la solicitud de
registro y, de ser el caso, señale expresamente cuáles son los productos, servicios o
actividades económicas que pretende distinguir con el signo solicitado, de
conformidad con el artículo 139 de la Decisión 486.
Con fecha 9 de abril del 2001, Proexpa Industrial S.A. absolvió el traslado de la
oposición manifestando lo siguiente:

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