Sentencia nº 001598-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 23 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente103844-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1598-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 103844-2000
1-12
ACCIONANTE : EXPORTADORA UNIFRUTTI TRADERS LTDA.
EMPLAZADA : GLOBAL LEADERS IMPORT & EXPORT S.A.
Nulidad del registro de una marca - Riesgo de confusión entre signos que
distinguen productos de la clase 31 de la Nomenclatura Oficial
Lima, veintitrés de noviembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de abril del 2000, Exportadora Unifrutti Traders Ltda. (Chile) solicitó la
nulidad del certificado de registro Nº 44514, correspondiente a la marca de producto
GLOBAL LEADERS y etiqueta, registrada a favor de Global Leaders Import & Export
S.A., para distinguir productos de la clase 31 de la Nomenclatura Oficial. Señaló que la
marca materia de la presente acción, fue concedida contraviniendo lo dispuesto por los
artículos 83 inciso a) de la Decisión 344 y 130 inciso a) del Decreto Legislativo 823,
por lo que se encuentra incursa dentro de la causal de nulidad establecida en los
artículos 113 inciso a) y 181 inciso a) de las mencionadas normas legales, ya que fue
otorgada existiendo una marca semejante al grado de producir confusión en el público
consumidor. Precisó que el elemento denominativo del signo carece de toda
distintividad, al estar conformado por la denominación descriptiva GLOBAL LEADERS,
cuya traducción es Líderes Globales, por lo que no puede ser considerada como un
elemento diferenciador por su alto grado descriptivo. Indicó que en el plano figurativo
el signo cuya nulidad pretende, constituye en gran parte una reproducción de su marca
registrada, debido a que están conformados por una semicircunferencia alargada de
color rojo, los elementos denominativos UNIFRUTTI y GLOBAL LEADERS se
encuentran ubicados en la parte superior de la circunferencia, diferenciándose porque
en su marca registrada la denominación UNIFRUTTI aparece en color azul y la
denominación GLOBAL LEADERS aparece en colores blanco y azul; en el interior de
las semicircunferencias que conforman los signos, aparece la figura de una manzana –
que en ambos casos es de color blanco, siendo la única diferencia, que la marca de la
emplazada presenta el mapa del continente americano, lo cual no resulta suficiente
para diferenciar a los signos. Mencionó que debe tenerse en consideración que los
signos distinguen los mismos productos de la clase 31 de la Nomenclatura Oficial. Citó
resoluciones que consideró aplicables al presente caso.
Con fecha 12 de junio del 2000, Global Leaders Import & Export S.A. (Perú) absolvió el
traslado de la acción de nulidad manifestando que la denominación GLOBAL
LEADERS IMPORT & EXPORT (debió decir GLOBAL LEADERS), por estar
compuesta por palabras en idioma inglés, produce un efecto distintivo en el público
consumidor peruano, lo que aplicado a los productos de la clase 31 de la
Nomenclatura Oficial, cumple con el requisito de diferenciar sus productos en el
mercado. Señaló que su marca figurativa es auténtica y no constituye una
reproducción de la marca de la accionante, pues las denominaciones son distintas

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