Sentencia nº 001499-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente357-2011/PS0-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competencia N° 2
RESOLUCIÓN 1499-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 357-2011/PS0-INDEC OPI-LAL
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DENUNCIANTE : PEDRO OSWALDO JAVE FLORES
DENUNCIADO : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. -
INTERBANK
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado por el
señor Pedro Oswaldo Jave Flores contra la Resolución 148-2012/INDECOPI-
LAL, pues no sustentó la existencia de errores de derecho, limitándose a
cuestionar elementos de hecho en dicho acto administrativo.
Lima, 21 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 148-2012/INDECOPI-LAL del 20 de febrero de 2012, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la
Comisión) revocó la Resolución 395-2011/PS0-INDECOPI-LAL, emitida por el
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante,
el ORPS), en el extremo que declaró fundada la denuncia interpuesta por el
señor Pedro Oswaldo Jave Flores (en adelante, el señor Jave) contra Banco
Internacional del Perú S.A.A. – Interbank1 (en adelante, el Banco) por
infracción del artículo 19º de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor2 (en adelante, el Código), al haber quedado acreditado que la
transacción materia de denuncia por el importe de S/. 1 500,00 fue realizada
en un cajero automático del Centro Comercial Mall Aventura Plaza Trujillo,
empleando la tarjeta de crédito y clave secreta del denunciante3.
2. En atención a ello, la Comisión dejó sin efecto la resolución de primera
instancia en los extremos que ordenó al Banco como medidas correctivas
que anule la deuda generada por la operación materia de denuncia y
devuelva al consumidor los importes que hubiera pagado por este concepto;
1 RUC: 20100053455. Domicilio fisc al: Jirón Carlos Villarán 140, La Victoria, Lima.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vigencia a los 30 días calendario.
3 En el expediente pri ncipal, quedó acreditado que se efectuó el 28 de abril d e 2011 un retiro en un cajero automático
del Centro Com ercial Mall Aventura Plaza Tr ujillo, con el uso de la Tarjeta de Crédito Nº 4218130308587133. Para
sustentar ello, el Banco presentó, como m edios probatorios, el reporte Tran Log List – TLF y el r eporte
Transacciones – Canales Electrónic os.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR