Sentencia nº 000082-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Enero de 2011

Fecha de Resolución12 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-165
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0082-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-165
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : AMADOR JUAN GARCÍA BRAVO
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4014-2010/CCO-INDECOPI del 4 de
junio de 2010, en el extremo que declaró improcedente la solicitud
presentada por el señor Amador Juan García Bravo frente a Panamericana
Televisión S.A. respecto de los créditos por intereses derivados del capital
determinado en el proceso judicial sobre pago de beneficios sociales, debido
a que dichos créditos fueron solicitados fuera del plazo establecido en los
artículos 34.1 y 105.1 de la Ley General del Sistema Concursal. Sin perjuicio
de ello, queda a salvo el derecho del apelante de hacer el cobro de sus
créditos en los términos contemplados en el Acuerdo Global de
Refinanciación.
Lima, 12 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 20 de marzo de 2010, el señor Amador Juan García Bravo (en adelante, el
señor García) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana
Televisión) ascendentes a S/. 29 733,59 por capital y S/. 8 028,07 por gastos,
derivados del proceso sobre pago de beneficios sociales seguido por el
solicitante contra la empresa deudora ante el Décimo Sétimo Juzgado
Laboral de Lima (Exp. 183417-2005-00362)2.
2. El 26 de marzo de 2010, el señor García solicitó el reconocimiento de los
créditos ascendentes a S/. 3 541,84 por capital, S/. 458,00 por intereses y
S/. 1 200,00 por gastos, derivados del proceso judicial sobre pago de
remuneraciones y otros seguido por el señor García y otros trabajadores
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” que Panamericana Tel evisión S.A. quedó sometida a un Procedimient o Concursal Preventivo.
2 En sustento de su solic itud, el señor García presentó, entre otros documentos, copia de l a Sentencia de Vista del 21
de julio de 2009, emitida por la Primera Sal a Transitoria Especi alizada en lo Laboral, mediant e la cual confirmó la
Sentencia 101-2008 del 31 de julio de 2008 q ue declaró fundada en parte la demanda int erpuesta por el señor
García y ordenó a Panamericana Televisión el pago de S/. 29 733,59.

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