Sentencia nº 000455-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 19 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente280666-2005/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0455-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 280666-2006
1-33
SOLICITANTE : TEKNOQUÍMICA S.A.
OPOSITORA : UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS
Y JOHNSTON S.A.A.
Denominaciones genéricas – Distintividad del signo solicitado - Notoriedad
de una marca: Acreditada - Riesgo de confusión, asociación,
aprovechamiento injusto del prestigio del signo o la dilución de su fuerza
distintiva entre signos que distinguen productos de las clases 2 y 32 de la
Nomenclatura Oficial: Inexistencia – Similitud o conexión competitiva
Lima, diecinueve de febrero del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de junio del 2006, Teknoquímica S.A. (Perú) solicitó el registro de
la marca de producto constituida por la etiqueta rectangular dividida por unas
líneas de forma irregular en cinco partes de tamaño y forma diversa, donde en
la parte superior central se aprecia la denominación TEKNO escrita en letras
características, precedida por la representación estilizada de un diamante;
debajo se ubica la figura de una mesa de comedor, sillas, muebles de madera y
alfombra de piso de madera dentro de un círculo irregular; sobre ésta se
consigna la denominación DD/CRYSTAL escrita en letras características y el
diseño de una estrella sobre la letra L, todo en la combinación de colores azul,
amarillo, celeste, rojo, blanco, marrón, verde y beige; conforme al modelo, para
distinguir colores; pinturas; esmaltes; pinturas a base de latex lavables; pinturas
al agua; pinturas al solvente; barnices; barnices de poliuretano; lacas; laca
selladora para madera; selladores; masillas; masilla automotriz; masilla para
madera; imprimantes para colores y pinturas; pasta mural; preservantes contra
la herrumbre y el deterioro de la madera; diluyentes para colores y pinturas;
disolventes para lacas; secantes para pintura; tintes y materias tintóreas;
pigmentos; mordientes; resinas naturales en estado bruto; metales en hojas y
en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas, de la clase 2 de la
Nomenclatura Oficial.
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RESOLUCIÓN N° 0455-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 280666-2006
2-33
Con fecha 7 de julio del 2006, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y
Johnston S.A.A. (Perú) formuló oposición al registro manifestando lo siguiente:
(i) CRISTAL es una marca que se encuentra en el mercado nacional desde
la década del 20, como correlato de esta notoriedad posee diversas
marcas registradas, las cuales mencionó.
(ii) Desde el 2 de junio de 1922, ha producido y vendido cerveza CRISTAL,
convirtiéndose en el transcurso de los años en la marca de cerveza más
vendida del país, cuyo uso ha sido constante, siendo una de las marcas
con mayor inversión publicitaria.
(iii) Las ventas de cerveza CRISTAL han llegado a más del 50% de las
ventas totales de cerveza en el mercado nacional, manteniéndose en el
liderazgo de ventas y difusión, siendo superados en algunos
departamentos del sur por las cervezas CUSQUEÑA y AREQUIPEÑA, y
en el oriente, por las cervezas PILSEN CALLAO y SAN JUAN. Su
posición de liderazgo es reconocida en todas las publicaciones referidas
a la industria cervecera y por su competencia, lo que demuestra el
carácter notorio que su marca CRISTAL mantiene.
(iv) Su empresa tiene tres plantas industriales en Ate, Trujillo y Motupe, las
cuales se caracterizan por la tecnología de punta utilizada en los equipos
y procesos, lo que garantiza la calidad de sus productos. Adicionalmente,
ha otorgado licencia para fabricar y usar la marca CRISTAL a Cervecería
San Juan, establecida en la ciudad de Pucallpa, quien abastece a la
región amazónica, y a la Compañía Cervecera del Sur del Perú S.A.A. en
Arequipa y Cusco.
(v) La idoneidad de sus procesos de producción y distribución de sus plantas
Rímac, Ate y Motupe han sido objeto del certificado ISO 9002 y su
proceso de gestión de calidad con el certificado ISO 9001 e ISO 14001.
(vi) La difusión de su marca CRISTAL ha sido y es de tal magnitud que el
nivel de reconocimiento por parte de los consumidores es absoluto, a tal
punto que es la más notoria entre todas las cervezas que se
comercializan en el país.
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RESOLUCIÓN N° 0455-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 280666-2006
3-33
(vii) La notoriedad de la marca CRISTAL ha sido reconocida por resoluciones
de la Oficina de Signos Distintivos y de la Sala de Propiedad Intelectual,
por lo que su marca merece una protección especial contra el riesgo de
confusión, asociación, aprovechamiento indebido y dilución de su fuerza
distintiva. Mencionó las resoluciones.
(viii) Aun cuando no exista confusión, la marca notoria CRISTAL corre el
riesgo de diluirse, debido a que el público puede encontrar una marca
semejante en otro tipo de productos, así la primera marca no provoque
confusión en cuanto al origen, haría recordar al público la marca notoria.
(ix) Siendo la marca CRISTAL notoria, es procedente su protección frente al
riesgo de dilución que se daría por el uso del signo solicitado, el cual
constituye una trascripción de su marca registrada CRISTAL.
(x) El hecho de que el término CRISTAL tenga un significado en idioma
español no justifica la desprotección de su marca CRISTAL frente al
riesgo de dilución de su poder distintivo. Además, la palabra CRISTAL
vendría a ser una marca de fantasía al tener significado propio que no se
relaciona con los productos que distingue (cervezas). La única limitación
a que da lugar es a la imposibilidad de oponerse a que la palabra sea
utilizada como indicación descriptiva pero no como marca.
(xi) El uso de una marca notoria para distinguir cualquier tipo de productos
incluso en clases distintas a la que es materia de registro constituye la
fórmula típica de la dilución.
(xii) La legislación nacional protege a las marcas notorias no sólo del riesgo
de confusión, sino también de la dilución de la fuerza distintiva o del valor
comercial de la marca.
Adjuntó medios probatorios.
Con fecha 11 de agosto del 2006, Teknoquímica S.A. absolvió el traslado de la
oposición manifestando lo siguiente:
(i) Es una empresa industrial peruana con más de 52 años de antigüedad y
una activa presencia en el mercado nacional, dedicada a la fabricación y
comercialización de pinturas, barnices, resinas, productos para la limpieza
del hogar, entre otros, gozando de una amplia experiencia y
reconocimiento por parte de los consumidores.
(ii) Entre los más de 200 signos distintivos registrados por su empresa,
destaca TEKNO, el cual goza de un apreciable reconocimiento por parte
de los consumidores nacionales y ocupa un lugar de preferencia. Es a
que su marca TEKNO goza de un altísimo nivel de implantación en los
consumidores de los productos, debido a su larga presencia en el
mercado nacional e internacional, así como a la garantía de calidad de
sus productos.

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