Sentencia nº 000352-2003/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 27 de Agosto de 2003

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2003
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente009-2003/CDS/R
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0352-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 009-2003-CDS/R
M-SDC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y
SUBSIDIOS (LA COMISION)
ADMINISTRADO : SERVICIOS Y COMERCIO S.A. (S&C)
MATERIA : DUMPING
ACTIVIDAD : VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE
VEHICULOS AUTOMOTORES
Lima, 27 de agosto de 2003
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución N° 017-2001/CDS-INDECOPI del 7 de setiembre de
2001, la Comisión estableció derechos antidumping provisionales sobre las
importaciones de distintos neumáticos procedentes de China.
2. El 31 de octubre de 2001 fue emitida la Declaración Unica de Aduanas
N° 118-2001-10-116374-01-4-00 por la agencia de aduana Ramsey S.A.
Agentes de Aduana (en lo sucesivo Ramsey) en representación de su
comitente S&C. El 8 de noviembre de 2001, Ramsey impugnó los derechos
antidumping que correspondían a los productos incluidos en la referida
Declaración Unica de Aduanas, por un monto de US$ 2 924,00, el mismo que
fue garantizado mediante carta fianza.
3. El 12 de noviembre de 2001, la Intendencia de Aduanas emitió una liquidación
de cobranza en la que se establecía que el monto total a ser pagado por
derechos antidumping provisionales ascendía a US$ 2 927,00. El 13 de
noviembre de 2001, Ramsey impugnó tal monto, presentando una nueva carta
fianza para garantizar su pago. El 20 de diciembre de 2001, Ramsey presentó
una reclamación contra la liquidación de cobranza, indicando que no
correspondía que la autoridad aduanera exija el pago de los derechos
provisionales, pues se encontraba garantizado mediante carta fianza.
4. Mediante Resolución N° 019-2002/CDS-INDECOPI del 25 de abril de 2002, la
Comisión estableció derechos antidumping definitivos sobre las importaciones
de neumáticos para automóviles, camionetas y camiones originarios y/o
procedentes de China.
3. Por Resolución Jefatural de División N° 118-0121/2002-001950 del 25 de
octubre de 2002, la Intendencia de Aduanas declaró improcedente la
reclamación planteada por Ramsey y dispuso ejecutar la carta fianza que
garantizaba el pago de los derechos antidumping liquidados con respecto a la
Declaración Unica de Aduanas antes mencionada, por un monto ascendente a
US$ 2 927,00.

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