Sentencia nº 002741-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente100-2011/ILN-CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2741-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 100-2011/ILN-C CO
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
ACREEDOR : ORISSON KARLO JURADO LEYVA
DEUDOR : ALFONSO PAREDES CÁRDENAS CON PATRIMONIO
EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
LIQUIDACIÓN DECLARADA EN APLICACIÓN DEL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : INFORMACIÓN NO DISPONIBLE
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0273-2012/CCO-INDECOPI del 11 de
abril de 2012, que declaró la conclusión del procedimiento concursal
ordinario del señor Alfonso Paredes Cárdenas con Patrimonio en
Liquidación, toda vez que en los procedimientos concursales iniciados en
aplicación del artículo 692-A del Código Procesal Civil corresponde que, una
vez declarada la inexistencia de concurso, la Comisión remita los actuados
al juzgado de origen para la declaración de quiebra de la deudora, de
Lima, 9 de octubre de 2012
ANTECEDENTES
1. Por aviso publicado el 5 de diciembre de 2011 en el diario oficial El Peruano,
la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Norte (en adelante, la
Comision) publicó la disolución y liquidación del patrimonio del señor Alfonso
Paredes Cárdenas con Patrimonio en Liquidación (en adelante, la señor
Paredes) en cumplimiento de lo ordenado por el Noveno Juzgado de Paz
Letrado de San Martín de Porres, de conformidad con el artículo 692-A del
Código Procesal Civil. Asimismo, se convocó a sus acreedores para que
presenten sus solicitudes de reconocimiento de créditos.
2. Mediante Resolución 0273-2012/CCO-INDECOPI del 11 de abril de 2012, la
Comisión declaró la conclusión del procedimiento por inexistencia de
concurso y dispuso la remisión de los actuados al Noveno Juzgado de Paz
Letrado de San Martin de Porres para la declaración de quiebra de la
deudora.
3. El 27 de abril de 2012, el señor Paredes interpuso recurso de apelación
contra la Resolución 0273-2012/CCO-INDECOPI, señalando que al iniciarse
el proceso judicial en su contra, no mantenía deuda impaga alguna a favor
del señor Orisson Karlo Jurado Leiva (en adelante, el señor Jurado).

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