Sentencia nº 000116-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Enero de 2011

Fecha de Resolución18 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-360
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0116-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-360
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : ALFREDO QUINTEROS ROMERO
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
PRIMACÍA DE LA REALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4559-2010/CCO-INDECOPI del 25 de
junio de 2010 que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Alfredo Quinteros Romero frente a
Panamericana Televisión S.A., y, calificó la solicitud de reconocimiento de
créditos, respecto de los créditos por concepto de remuneraciones, como
una solicitud de reconocimiento de créditos de origen comercial, toda vez
que el solicitante no acreditó el vínculo laboral frente a la empresa deudora.
Lima, 18 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 26 de marzo de 2010, el señor Alfredo Quinteros Romero (en adelante, el
señor Quinteros) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales
Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen
laboral frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana)
ascendentes a S/. 48 582,37 por concepto de compensación por tiempo de
servicios (en adelante, CTS), vacaciones, gratificaciones, remuneraciones e
indemnización por despido arbitrario2.
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” que Panamericana Tel evisión S.A. quedó sometida a un Procedimient o Concursal Preventivo.
2 En sustento de su solicitud, el señor Quinteros presentó la siguiente documentaci ón:
(i) copia de una memorando del 23 de agosto de 2004 por el cual el señor Áng el Villavicencio Nuñez en su calidad
de adm inistrador de Astros solicita al señ or Armando Fabbri G arcía se sirva reg ularizar la contratación del
solicitante quien a partir del 16 d e agosto de 2004 pasó a integrar la Planilla de Panam ericana;
(ii) copia de un documento d enominado Estado por Ane xo/Cuenta correspondient e a P anam Contenidos S.A.A.
(en adelante, Panam) del 23 de abr il de 2008 en el cual se registran cuent as por pagar pendientes a favor del
solicitante derivadas de recibos por honorarios girados en los meses de enero-m arzo 2007 y junio 2007;
(iii) copia de la constatación policial p or despido laboral de fecha 6 de agosto de 2009;
(iv) una solicitud de verificación de despido arbitrario de fecha 6 de agosto de 2009;
(v) copia del acta de verificación de despido arbitrario de f echa 12 de agosto de 2009 emitida por la Inspección
Regional de Trabajo de Lima;
(vi) copia de una c arta recibida por el departamento de Recursos Humanos de P anam por la cual el s olicitante
como trabajador del área de escenografía pide se autorice utilizar un pasaje d e ida y vuelta a Juliac a y se le
descuente de la deuda que la r eferida empresa le tiene acumulada;
(vii) copia del Memorandum G.C.136.07 d e fecha 19 de oct ubre de 2007 por el cual el señor G enaro Delgad o
Cafferata en su calidad de Director de Panam solicita se descuente de l a deuda pendiente al solicitant e el
importe de S/. 370,00, c orrespondiente a un pasaje solicitado a Transportes Cruz d el Sur;
(viii) copia d e cuatro pasajes de la empresa Cruz del Sur em itidos a nombre del solicitante;

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