Sentencia nº 000117-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Enero de 2011

Fecha de Resolución18 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente102-2010/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0117-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 102-2010/CCO-SA NCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CAVIAR & FINE FOOD S.A.
SANCIONADO : SEÑOR FELIPE LARKIN THORNDIKE VALDEZ
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
MULTA
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP
SUMILLA: se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra el señor Felipe Larkin Thorndike
Valdez y, en consecuencia, se dispone retrotraer el procedimiento concursal
de la referida deudora al estado anterior en que se notificó el Requerimiento
5062-2010/CCO-INDECOPI, toda vez que la notificación de dicho acto
procedimental se efectuó inobservando las formalidades previstas en el
artículo 162 del Código Procesal Civil y el artículo 21.4 de la Ley del
Procedimiento Administrativo General.
Lima, 18 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 26 de noviembre de 2001, la Comisión de Procedimientos Concursales
Lima Sur (en adelante, la Comisión) publicó en el diario oficial El Peruano la
situación de concurso de Caviar & Fine Food S.A. (en adelante, Caviar & Fine
Food).
2. Por Carta 580-2002/CRP-ODI-ULI, del 3 de junio de 2002, la Comisión asignó
fechas para la instalación de junta de acreedores de Caviar & Fine Food a
llevarse a cabo el 8 y el 13 de agosto de 2002, en primera y segunda
convocatoria, respectivamente.
3. Mediante escrito del 22 de julio de 2002, el señor Felipe Larkin Thorndike
Valdez (en adelante el señor Thorndike), representante legal de Caviar & Fine
Food, señaló que la deudora carecía de recursos económicos para solventar
la publicación para la convocatoria a instalación de junta de acreedores
dispuesta por la Comisión.
4. Por Resolución 3273-2010/CCO-INDECOPI del 10 de mayo de 2010, la
Comisión dispuso el inicio de un procedimiento sancionador contra Caviar &
Fine Food y contra su representante legal, el señor Thorndike, por incumplir
su obligación de publicar la convocatoria a instalación de la junta de
acreedores de la deudora.
5. Mediante Requerimiento 5062-2010/CCO-INDECOPI del 20 de julio de 2010,
la Secretaría Técnica de la Comisión inició un procedimiento sancionador

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