Sentencia nº 000113-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Enero de 2011

Fecha de Resolución18 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-242
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0113-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-242
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : IVAN CARLOS POZO POSADAS
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se RECTIFICA de oficio el error material incurrido en el primer
extremo resolutivo de la Resolución 4329-2010/CCO-INDECOPI del 18 de
junio de 2010 y, en consecuencia, considerar que en dicha resolución se
reconoció créditos a favor del señor Iván Carlos Pozo Posadas frente a
Panamericana Televisión S.A. ascendentes a S/. 35 421,35 por capital.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 4329-2010/CCO-INDECOPI del 18 de
junio de 2010, en el extremo que declaró improcedente la solicitud
presentada por el señor Iván Carlos Pozo Posadas respecto de los créditos
por capital derivados de la compensación por tiempo de servicios
correspondiente a los meses de abril, mayo, julio-octubre y diciembre de
2003, enero-mayo y julio-octubre de 2004, así como de remuneraciones de
julio de 2003, diciembre de 2004, abril y mayo de 2009 y, reformándola, se
RECONOCE los créditos a favor de dicho acreedor frente a Panamericana
Televisión S.A. ascendentes a S/. 8 374,05 por capital, debido a que se ha
verificado que los créditos correspondientes a tales periodos fueron
invocados oportunamente, de conformidad con los artículos 34.1 y 105.1 de
la Ley General del Sistema Concursal, y ha quedado acreditada la existencia,
origen, legitimidad y cuantía de tales créditos.
Lima, 18 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 24 de marzo de 2010, el señor Iván Carlos Pozo Posadas (en adelante, el
señor Pozo) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima
Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana)
ascendentes a S/. 45 086,02 por capital y S/. 5 281,34 por intereses,
derivados de la compensación por tiempo de servicios (en adelante, CTS),
gratificaciones, remuneraciones y reintegro por trabajo en feriados2.
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” el sometimiento de Pan americana Televisión S.A. a un procedimiento c oncursal preventivo.
2 El detalle de los créditos invocados p or el señor Pozo es el siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR