Sentencia nº 002538-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 11 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente813-2006/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2538-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 813-2006/ODA
1-7
SOLICITANTE: ASOCIACION NACIONAL DE ARTISTAS INTÉPRETES Y
EJECUTANTES -ANAIE
Nulidad de la Resolución de Primera Instancia - Registro de actos de las
sociedades de gestión colectiva: Denegado - Falta de inscripción del
Consejo Directivo de la sociedad de gestión colectiva
Lima, once de diciembre del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 26 de mayo del 2006, la Asociacion Nacional de Artistas Intérpretes
y Ejecutantes -ANAIE- (Perú), representada por Augusto Néstor Varillas
Fernández, solicitó la inscripción del “Contrato tipo de Mandato para Gestión y
Administración de Derechos de Propiedad Intelectual”.
Mediante proveído de fecha 6 de octubre del 2006, la Oficina de Derechos de
Autor señaló que, previamente al registro, la Asociación Nacional de Artistas,
Intérpretes y Ejecutantes -ANAIE- debía cumplir, entre otras cosas, con
presentar la aprobación del “Contrato tipo de Mandato para Gestión y
Administración de Derechos de Propiedad Intelectual” materia de registro, por
el órgano directivo respectivo de dicha asociación.
Con fecha 30 de octubre del 2006, la Asociación Nacional de Artistas,
Intérpretes y Ejecutantes -ANAIE-, presentó copia del acta de sesión del
Consejo Directivo llevada a cabo el 26 de octubre del 2006; asimismo, señaló
que las demás observaciones realizadas por la Oficina han sido debidamente
subsanadas en dicha sesión. Adjuntó además, copia simple del “Convenio Tipo
de Adhesión a la ANAIE”, indicando que tal documento contiene las
subsanaciones efectuadas a las observaciones planteadas por la Oficina.
Mediante Resolución N° 195-2007/ODA-INDECOPI de fecha 29 de mayo del
2007, la Oficina de Derechos de Autor denegó la solicitud de registro.
Consideró lo siguiente:
(i) ANAIE es una asociación civil autorizada para funcionar como sociedad
de gestión colectiva de derechos conexos de artistas intérpretes y
ejecutantes, por lo que está obligada a inscribir en el Registro Nacional
del Derecho de Autor y Derechos Conexos los actos y contratos
señalados en el Decreto Legislativo 822.
(ii) De la revisión del acta de la sesión del Consejo Directivo del 26 de
octubre del 2006, se advierte que la misma se realizó con la presencia
de los siguientes directivos: Augusto Varillas Fernández, Daniel Escobar

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