Sentencia nº 000412-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente228-2010/CPC-INDECOPI-LOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 412-2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 228-2010/CPC-I NDECOPI-LOR
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ROY ERNESTO MEZA MEZA
DENUNCIADO : CREDISCOTIA FINANCIERA S.A.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró infundada la denuncia contra Crediscotia Financiera S.A., en tanto
quedó acreditado que el bloqueo de la tarjeta de crédito de titularidad del
denunciante recién se efectúo el 3 de mayo de 2010, y no el 20 de abril de
2010, tal como lo alegaba el señor Meza en su denuncia.
Lima, 15 de febrero de 2012
ANTECEDENTES
1. El 23 de noviembre de 2010, el señor Roy Meza Meza (en adelante, el señor
Meza) denunció ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Loreto (en adelante, la Comisión) a Crediscotia Financiera S.A.1 (en adelante,
Crediscotia) por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor.
2. El denunciante señaló que, el 20 de abril de 2010, su esposa, la señora
Juana Rosa Urquizo de Meza (en adelante, la señora Urquizo) solicitó vía
telefónica el bloqueo de su tarjeta de crédito Única N° 4220 5202 0115 9111
-titular- y de la tarjeta de crédito adicional N° 4220 5202 0131 8816 al haber
sido víctima del robo de sus pertenencias. No obstante, el personal de
Crediscotia procedió a bloquear únicamente la tarjeta de crédito adicional,
siendo que luego se efectuaron seis (6) consumos no reconocidos con la
tarjeta de crédito titular en diversos establecimientos2.
1 RUC 20255993225 y con domicilio fiscal en Aven ida Paseo de la República 3587, Interior 4, Distrito de San I sidro,
Provincia y Departamento de Lim a.
2 Los consum os no reconocidos efectuados con la t arjeta de crédito t itular 4220 5202 0115 9111 del denunciante
fueron los siguientes:
Fecha de transacción Establecimiento Importe S/.
21/04/2010
Botica San Martín
277,00
21/04/2010 Molifarma 177,40
21/04/2010
Corporación Perú Gas
1 260,00
21/04/2010 El Trébol E.S. 250,90
21/04/2010
DJ Concept
540,00
21/04/2010 Chicken La Posada 24,00

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