Sentencia nº 003307-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-108
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 3307-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-108
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : JULIA EDILMA ROJAS PADILLA
PROCEDIMIENTO : PREVENTIVO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
PRIMACÍA DE LA REALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4182-2010/CCO-INDECOPI del 11 de
junio de 2010, que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por la señora Julia Rojas Padilla frente a Panamericana
Televisión S.A. en el extremo referido a los créditos por CTS y
gratificaciones; y, calificó el escrito presentado por la referida señora el 22
de marzo de 2010, complementado el 20 de abril de 2010, como una solicitud
de reconocimiento de créditos de origen comercial, en el extremo referido a
los créditos derivados del saldo de remuneraciones impagas
correspondientes a los meses de julio de 2003 a mayo de 2009; debido a que
la solicitante no acreditó el vínculo laboral con la empresa deudora durante
el periodo en el que se devengaron los créditos invocados.
Lima, 27 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 22 de marzo de 2010, la señora Julia Rojas Padilla (en
adelante, la señora Rojas) solicitó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos de origen laboral frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en
adelante, Panamericana) ascendentes a S/. 47 031,15 por capital y
S/. 6 762,59 por intereses, derivados de la compensación por tiempo de
servicios (en adelante, CTS) del periodo del 1 de noviembre de 2003 al 30 de
noviembre de 2009, gratificaciones de julio y diciembre de los años 2003 a
2009 y el saldo de remuneraciones impagas correspondientes a los meses de
julio de 2003 a mayo de 2009.
2. En sustento de su solicitud, la señora Rojas presentó los siguientes
documentos:
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimient os Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” que Panamericana Tel evisión S.A. quedó sometida a un Procedimient o Concursal Preventivo.

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