Sentencia nº 000150-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Enero de 2011

Fecha de Resolución20 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente208-2008/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0150-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 208-2008/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PENSUR S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP INTEGRA S.A.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE
BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS -BIF
SEÑORA CARMEN AMELIA ZUTA ACUÑA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
PRIMA AFP
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS ENSERES
DOMÉSTICOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3305-2010/CCO-INDECOPI del 10 de
mayo de 2010, que declaró la conclusión del procedimiento concursal
ordinario de Pensur S.A. en Liquidación y dispuso la remisión de los
actuados al Cuarto Juzgado Civil de Lima a fin que se declare la quiebra de
la empresa deudora, debido a que en los casos cuyo procedimiento
concursal se hubiese iniciado en virtud de lo dispuesto por el artículo 703
del Código Procesal Civil y no se haya designado o quede sin efecto la
designación del liquidador, el artículo 97.4 de la Ley General del Sistema
Concursal establece como consecuencia obligatoria remitir los actuados al
juzgado de origen a fin de que se declare la quiebra de la deudora.
Lima, 20 de enero de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 5645-2008/CCO-INDECOPI del 21 de julio de 2008, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación de la disolución y liquidación de Pensur S.A.
en Liquidación (en adelante, Pensur) en cumplimiento de lo ordenado por el
Cuarto Juzgado Civil de Lima, de conformidad con el articulo 703 del Código
2. El 1 de octubre de 2008, se publicó en el diario oficial El Peruano la
disolución y liquidación de Pensur, convocándose a sus acreedores para que
presenten sus solicitudes de reconocimiento de créditos.
3. Mediante publicación efectuada del 30 de junio de 2009 en el diario oficial El
Peruano, se convocó a la junta de acreedores para el 8 de julio de 2009 a fin

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