Sentencia nº 001527-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente75-2010/CEB-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1527-2011/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 000075-2010/CEB-I NDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : ELIZA JANET OBISPO OBREGÓN
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
ILEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA EN GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0207-2010/CEB-INDECOPI del 9
de septiembre de 2010, que declaró fundada la denuncia presentada por
la señora Eliza Janet Obispo Obregón contra la Municipalidad Distrital de
Lince.
La ilegalidad radica en que la Municipalidad Distrital de Lince no se
encuentra facultada por ley para exigir a la denunciante la suscripción
de un contrato de arrendamiento de espacios de estacionamiento
vehicular por el plazo de un año como condición para el otorgamiento de
una licencia de funcionamiento.
Lima, 15 de septiembre de 2011
I ANTECEDENTES
1. Mediante escritos del 16 y 25 de junio de 2010, la señora Eliza Janet
Obispo Obregón (en adelante, la señora Obispo) interpuso una denuncia
contra la Municipalidad Distrital de Lince (en adelante, la Municipalidad)
ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en adelante,
la Comisión) por la presunta imposición de una barrera burocrática ilegal
y/o carente de razonabilidad, consistente en la exigencia de suscribir un
contrato de arrendamiento de espacios de estacionamiento vehicular por
el plazo de un año como condición para obtener una licencia de
funcionamiento para el giro de panadería, pastelería y bodega.
2. En su denuncia, la señora Obispo señaló lo siguiente:
(i) El 18 de mayo de 2010 solicitó ante la Municipalidad una licencia de
funcionamiento para desarrollar el giro de panadería, pastelería y
bodega.
(ii) Si bien presentó los requisitos establecidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA), la Municipalidad efectuó
una inspección en su local comercial con el propósito de verificar si
la denunciante contaba con estacionamientos, en dicha diligencia le
exigió la suscripción de un contrato de arrendamiento de espacios

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