Sentencia nº 001407-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente432-2009/CCO- INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1407-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 432-2009/C CO- INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TC SIGLO 21 S.A.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
REPRESENTACIÓN DEL DEUDOR EN EL
PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 7695-2010/CCO-INDECOPI del 28 de
octubre de 2010, en el extremo que declaró improcedente la impugnación de
acuerdos de junta de acreedores formulada por el señor Genaro Godofredo
Delgado Cafferata en calidad de representante legal de la concursada,
debido a que el 16 de septiembre de 2010 la junta de acreedores de TC Siglo
21 S.A.A. aprobó el cambio de destino de la deudora de disolución y
liquidación a reestructuración patrimonial y designó a Profit Consultoría e
Inversiones S.A.C. como entidad administradora de dicha empresa, por lo
que a partir de dicha fecha correspondía exclusivamente a la referida entidad
administradora ejercer la representación de la deudora.
En este sentido, no cabe considerar la ratificación formulada a título
personal por los accionistas de TC Siglo 21 S.A.A. respecto de la
impugnación presentada por el señor Delgado, toda vez que, al haber este
último impugnado los referidos acuerdos de junta exclusivamente a nombre
de la empresa concursada, aquellos debieron cuestionar tales dentro de los
10 (diez) días siguientes a su adopción, conforme a lo dispuesto en el
artículo 118.1 de la LGSC.
Lima, 16 de agosto de 2011
ANTECEDENTES
1. El 28 de diciembre de 2009, se difundió la situación de disolución y
liquidación TC Siglo 21 S.A.A. (en adelante, Siglo 21) mediante aviso
publicado en el diario oficial “El Peruano”.
2. Por escrito del 16 de septiembre de 2010, Best Development Inc. (titular de la
acreencia que determinó el sometimiento de Siglo 21 a concurso) informó a la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) que el 13 de septiembre de 2010, Forsyth & Arbe Abogados
S.C.R.L. otorgó una fianza solidaria a fin de garantizar las obligaciones

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR