Sentencia nº 000737-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 6 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente185-2004/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0737-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1085-2004/ODA
1-15
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE AUTORES Y
COMPOSITORES - APDAYC
DENUNCIADA : EMPRESA CABLE JAEN S.R.L.
Infracción a la legislación sobre Derecho de Autor Comunicación
pública de obras musicales - Determinación de las sanciones
Lima, seis de junio del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 27 de agosto del 2004, Asociación Peruana de Autores y
Compositores - APDAYC (Perú) interpuso denuncia por infracción a la Ley
sobre Derecho de Autor contra Empresa Cable Jaén S.R.L., por haber
efectuado actos de comunicación pública de repertorio musical, sin contar con
la debida autorización. Manifestó lo siguiente:
(i) Es una sociedad de gestión colectiva que tiene por finalidad administrar
y recaudar los derechos correspondientes a los autores, tanto
nacionales como extranjeros, por la utilización o comunicación pública
de sus obras musicales.
(ii) La denunciada tiene pleno conocimiento de su obligación de cumplir con
lo dispuesto en la Ley sobre Derechos de Autor, en atención a las
comunicaciones enviadas por su institución.
(iii) En el acta de constatación policial se dejó constancia que la denunciada
no contaba con la autorización expresa y escrita por parte de su
institución para utilizar el repertorio musical y ser emitido a través de
señales de cable.
Adjuntó diversos documentos en calidad de medios probatorios. Asimismo,
solicitó a la Oficina de Derechos de Autor lo siguiente:
- Se ordene el pago de derechos de autor devengados por un valor
ascendente a S/. 10 050,00, el cual es provisional al no contar con la
información de ingresos de la denunciada.
- Se ordene el pago de los costos y costa del proceso.
- Se le prohiba a la denunciada todo tipo de comunicación pública relativa a
las obras que su institución representa y administra.
- Se realice una inspección en el local de la denunciada.
Mediante proveído de fecha 12 de noviembre del 2004, la Oficina de Derechos
de Autor:

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