Sentencia nº 001871-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente196-2009/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1871-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 196-2009/CPC-INDE COPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PIURA
PROCEDIMIENTO: DE PARTE
DENUNCIANTE : ALEN ORLANDO ESCUDERO ALOJA
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO
DE PIURA S.A.C.
MATERIA : SERVICIOS BANCARIOS
IMPROCEDENCIA
PRESCRIPCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución que viene en grado y se declara
improcedente la denuncia, pues ha prescrito la potestad sancionadora de la
administración dado que la denuncia ha sido interpuesta más de dos años
después de los hechos que importarían infracción.
Lima, 23 de agosto de 2010
ANTECEDENTES
1. El 20 de febrero de 2009, el señor Alen Orlando Escudero Aloja (en adelante,
el señor Escudero) denunció a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura
S.A.C.1 (en adelante, la Caja Piura) ante la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) por infracción de las normas
del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En su
denuncia, el señor Escudero señaló lo siguiente:
(i) EL 21 de mayo de 2004 abruna cuenta de ahorros individual en la
Caja Piura;
(ii) mediante vouchers emitidos el 28 y 29 de diciembre de 2005 tomó
conocimiento que la Caja Piura había cambiado su cuenta de individual
a mancomunada, incluyéndose como co-titular a su hermano; y,
(iii) a raíz de un proceso judicial seguido contra su hermano, la Caja Piura
informó que la cuenta de ahorros pertenecía exclusivamente al
denunciante y el cambio de individual a mancomunada y viceversa se
debió a una solicitud del mismo denunciante.
2. En sus descargos, la Caja Piura señaló lo siguiente:
(i) El 21 de julio de 2004, según autorización del denunciante registrada en
la cuenta, ésta fue variada a una mancomunada;
1 Con RUC 20113604248 con domicilio en Jirón Ayacucho 353, Piura.

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