Sentencia nº 000034-2002/SCO de Sala concursal, 8 de Noviembre de 2002

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2002
EmisorSala concursal
Expediente124-2001/03-07/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0034-2002/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 124-2001-03-07/CRP-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISION DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA EN
LIMA (LA COMISION
1
)
ACREEDOR : NAHIM SABA CASSIS (EL SEÑOR SABA)
DEUDOR : SOCIEDAD INDUSTRIAL TEXTIL S.A. (SITEX)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
EXISTENCIA DE LOS CREDITOS
ORIGEN DE LOS CREDITOS
DENEGACION DE SOLICITUD DE INFORME ORAL
ACTIVIDAD : PREPARACION E HILATURA DE FIBRAS TEXTILES,
TEJEDURA DE PRODUCTOS TEXTILES
SUMILLA: Se confirma la Resolución N° 1158-2002/CRP-ODI-CCPL emitida
por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina
Descentralizada del INDECOPI en el Colegio de Contadores Públicos de
Lima el 13 de junio de 2002, mediante la cual se declaró infundado el
recurso de reconsideración interpuesto por el señor Nahim Saba Cassis
contra la Resolución N° 0849-2002/CRP-ODI-CCPL del 2 de mayo de 2002,
que denegó el reconocimiento de los créditos que invocó frente a Sociedad
Industrial Textil S.A.
Al respecto, se indica que la Comisión podía sustentar su pronunciamiento
en la Resolución N° 0123-2001/TDC-INDECOPI expedida por la Sala de
Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI en el anterior
procedimiento de insolvencia de Sociedad Industrial Textil S.A. respecto del
pedido de reconocimiento de créditos que formuló en esa oportunidad el
señor Nahim Saba Cassis, toda vez que la resolución emitida por la Sala Civil
Permanente de la Corte Suprema, por la que se admitió a trámite la demanda
interpuesta por el señor Saba contra el pronunciamiento de la citada Sala, no
se pronuncia respecto del fondo de la demanda planteada, es decir, no
declara la invalidez de dicha resolución administrativa.
Sin perjuicio de ello, se señala que en el presente caso no ha quedado
acreditado el origen, existencia y legitimidad de los créditos invocados por
el señor Nahim Saba Cassis frente a Sociedad Industrial Textil S.A.,
ascendentes a US$ 2 639 520,00 por concepto de capital y US$ 121 378,99
1
El trámite del procedimiento de declaración de insolvencia de Sitex fu e iniciado ante la Comisión de
Reestructuración Patrimoni al de la Oficina Descentrali zada del Indecopi en el Colegio de Contadores
Públicos de Lima. Sin embargo, por Resolución de la Presidencia del Directorio de INDECOPI Nº 059-2002-
INDECOPI/DIR publicada en el diario oficial El Peruano el 5 de julio del 2002, las funciones de dicha
Comisión fueron transferidas a la Comisión d e Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada
del Indecopi en la Universidad de Piura con sede en Lima. En atención a lo dispuesto por la Cuarta
Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Concursal, publicada en el diario oficial El
Peruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del mismo año, la citada Comisión modificó
su denominación a Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en la Universidad de Piura c on sede
en Lima.

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