Sentencia nº 000657-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente29-2011/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 657-2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 29-2011/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : ANDREINO S.A.C
MATERIA : SERVICIOS EDUCATIVOS
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SECUNDARIA DE FORMACIÓN
GENERAL
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que halló responsable a
Andreino S.A.C, debido a que se constató que dispuso la suspensión del
servicio educativo en los casos de incumplimiento de pago de pensiones.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 7 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 25 de febrero de 2011, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra el Cegne Stephen Hawking, por presunta
infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1
(en adelante, el Código).
2. El procedimiento se inició en mérito al Oficio Nº 001 2011 I.E.P SH del 18 de
febrero de 2011, mediante el cual la denunciada presentó ante la Comisión
copia del documento denominado “Compromiso del Padre de Familia”,
entregado a los padres de familia antes de la matrícula2; ya que en este se
informaba que no se permitiría el ingreso al plantel de aquellos alumnos que
no hubieran cancelado durante dos meses consecutivos las pensiones de
enseñanza.
3. El 10 de marzo de 2011, Andreino S.A.C. (en adelante, Andreino) se
apersonó al procedimiento manifestando que en esa misma fecha la señora
Tula Isela Díaz de Velazco (en adelante, la señora, Días de Velazco) le
transfirió los derechos que le fueron otorgados como promotora de Cegne
Stephen Hawking. Por otro lado, añadió que desconocía el contenido del
documento denominado “Compromiso del Padre de Familia”, ya que este no
se hizo llegar a los padres de familia y la medida prevista nunca se
implementó.
1 Publicado el 2 de septiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Vigente desde el 2 de octubre de 2010.
2 Dicho oficio fue present ado ante la Comisión en atenc ión al requerimiento de inf ormación efectuado por la Comisió n
mediante Carta Nº 58-2011/IN DECOPI-AQP del 21 de enero de 2011.

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