Sentencia nº 002336-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1959-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 2336-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1959-2008/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : DARCY SALAS SAMANEZ
DENUNCIADO : CONSORCIO REMATES AL MARTILLO
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES DE TIPO SERVICIO NCP
SUMILLA: Se desestima el pedido de nulidad presentado por Econogar
S.A.C. respecto de la Resolución 1466-2009/SC2-INDECOPI emitida el 27 de
agosto de 2009 por la Sala de Defensa de la Competencia 2 al haberse
acreditado que el Consorcio Remates al Martillo asumió derechos y
obligaciones frente a los consumidores.
Lima, 14 de diciembre de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1466-2009/SC2-INDECOPI del 27 de agosto de 2009,
la Sala de Defensa de la Competencia 2 (en adelante, la Sala) confirmó la
Resolución 222-2009/CPC del 28 de enero de 2009, emitida por la Comisión
de Protección al Consumidor que declaró fundada la denuncia presentada
por el señor Darcy Salas Samanez (en adelante, el señor Salas) contra
Consorcio Remates al Martillo1 (en adelante, el Consorcio) por infracción del
artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor, al haber quedado
acreditado que el Consorcio no prestó un servicio idóneo en cuanto las
acciones a adoptar para el registro de la propiedad del vehículo adquirido por
el denunciante.
2. El 30 de octubre de 2009, Econogar S.A.C.2 (en adelante, Econogar)
presentó una solicitud de nulidad, alegando que la Resolución 1466-
2009/SC2-INDECOPI contravenía normas de carácter imperativo pues la
Administración infringió el principio de legalidad al considerar como parte del
procedimiento a un contrato asociativo que carecía de personería jurídica.
1 Consorcio empresarial formado por las empresas Katana S.A.C. y Econogar S.A.C., identificado con RUC
20516374617, con domicilio legal en la avenida Pachacutec Mz B, lote 5, Parque Industrial de Villa El Salvador y
domicilio procesal en la casilla Nº 6957 del Colegio de Abogados de Lima.
2 RUC 20479950432, con domicilio en la avenida Balta Nº 1705, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de
Lambayeque.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR