Sentencia nº 000676-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 23 de Junio de 2005

Fecha de Resolución23 de Junio de 2005
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente219952-2004/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0676-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 219952-2004
1-5
SOLICITANTE : BANCO CONTINENTAL
Denominaciones descriptivas
Lima, veintitrés de junio del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de setiembre del 2004, Banco Continental (Perú) solicitó el registro de
la marca de servicio EL BANCO DEL EURO, para distinguir seguros; negocios
financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios, de la clase 36 de la
Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución N° 2437-2005/OSD-INDECOPI de fecha 21 de febrero del
2005, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del signo solicitado,
por considerar que está constituido por una denominación carente de capacidad
distintiva, que no está dotada de los atributos necesarios para ser el medio por el
cual se identifiquen y diferencien los servicios que desea distinguir. Precisó que el
signo en cuestión no permite al público consumidor identificarlo como indicador de
un determinado origen empresarial, además que podría ser utilizado por cualquier
entidad bancaria, indicando que se trata de una institución que presta los servicios
bancarios en la moneda denominada euro.
Con fecha 29 de marzo del 2005, Banco Continental interpuso recurso de apelación
manifestando que su entidad ha sido la pionera en las operaciones bancarias en
euros en el país, siendo que actualmente ofrece una serie de productos bancarios
que se llevan a cabo en dicha moneda. Agregó que el signo solicitado EL BANCO
DEL EURO no carece de distintividad, toda vez que está compuesto por tres
denominaciones diferentes, una de las cuales (EURO) está íntimamente ligada con
los servicios que presta actualmente. Por otro lado, manifestó que no es posible que
el signo solicitado pueda ser utilizado por otra entidad bancaria, pues en la realidad
éstas no están en aptitud de brindar dicho servicio. Finalmente, manifestó que
existen registradas diversas marcas que evocan el mismo concepto o idea que el
signo solicitado, tales como: BANCO DEL SUR, BANCO DEL PAIS, BANCO DEL
TRABAJO, BANCO DE LIMA, entre otras.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
La Sala de Propiedad de Propiedad Intelectual deberá determinar si el signo solicitado
EL BANCO DEL EURO cumple con los requisitos de registrabilidad exigidos por ley.

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