Sentencia nº 000836-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Junio de 2001

Fecha de Resolución26 de Junio de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente111722-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 836-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 111722-2000
1-7
SOLICITANTE : NEGOCIOS Y COMERCIOS INTERNACIONALES S.A.C.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen servicios de la clase 38 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, veintiséis de junio de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de agosto del 2000, Negocios y Comercios Internacionales S.A.C.
(Perú) solicitó el registro de la marca de servicio RADIO BRAVA para distinguir
telecomunicaciones, difusión de programas de televisión y/o radio, de la clase 38 de
la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución N° 688-2001/OSD-INDECOPI de fecha 31 de enero del 2001,
la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro solicitado. Verificó que se
encuentra registrada a favor de Bravo Company (Estados Unidos de América) la
marca BRAVO y escritura que distingue servicios de difusión, exhibición y venta de
programas de televisión pagados y todos los demás servicios de la clase 38 de la
Nomenclatura Oficial (certificado N° 1264). Consideró que en la marca registrada el
elemento denominativo BRAVO es el más relevante, ya que las letras características
en que se encuentra escrito tan sólo constituyen un complemento de aquélla.
Determinó que la similitud existente entre las denominaciones BRAVA y BRAVO,
debido a que comparten cuatro letras dispuestas en el mismo orden y difieren
únicamente en la última letra, la cual no logra impedir que tengan un impacto sonoro
similar, podría inducir a confusión indirecta al consumidor.
Con fecha 28 de febrero del 2001, Negocios y Comercios Internacionales S.A.C.
interpuso recurso de apelación manifestando que no existe semejanza fonética,
gráfica ni conceptual entre el signo solicitado y la marca registrada, toda vez que
aquélla está conformada por dos palabras y tiene una terminación femenina,
mientras que el signo solicitado se compone de una palabra y posee una terminación
masculina.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
La Sala de Propiedad Intelectual deberá determinar si existe riesgo de confusión
entre el signo solicitado RADIO BRAVA y la marca registrada BRAVO y escritura.
III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
1. Informe de antecedentes

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