Sentencia nº 001894-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 008-2009/CCD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1894-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 008-2009/C CD
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : INTERFABRICS S.L.
DENUNCIADA : DECO INTERIOR´S S.A.C.
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS DE CONFUSIÓN
ACTOS DE ENGAÑO
ACTIVIDAD : COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS TEXTILES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 205-2009/CCD-INDECOPI del 4 de
noviembre de 2009, que declaró infundada la denuncia interpuesta por
Interfabrics S.L. en contra de Deco Interior´s S.A.C. por la presunta
comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño y
confusión, contemplados en los artículos 8 y 9, respectivamente, del
Decreto Legislativo 1044, toda vez que ha quedado acreditado que los
productos textiles comercializados por la denunciada no inducen a error a
los consumidores respecto a sus características, ni a su origen
empresarial.
Lima, 21 de junio de 2010
I. ANTECEDENTES
1. El 16 de enero de 2009, Interfabrics S.L. (en adelante, Interfabrics)
denunció a Deco Interior´s S.A.C. (en los seguidos, Deco) por la presunta
comisión de actos de competencia desleal en las modalidades de engaño y
confusión, supuestos previstos en los artículos 8 y 9 del Decreto Legislativo
1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, los cuales se habrían
materializado a través de la comercialización de diversos tejidos.
2. Según la denunciante, los tejidos comercializados por Deco inducirían a
error a los consumidores, quienes podrían asumir que los productos
ofrecidos por dicha empresa son fabricados por Interfabrics, en tanto las
características de los mismos serían muy similares. Asimismo, Interfabrics
solicitó a la Comisión la realización de una visita inspectiva en el local de
Deco.
3. Mediante Resolución del 28 de enero de 2009, la Comisión admitió a
trámite la denuncia, por presuntos actos de competencia desleal en la
modalidad de engaño y confusión. Asimismo, ordenó al Área de
Fiscalización del Indecopi (en adelante, AFI) la realización de una visita
inspectiva en el establecimiento de la denunciada.
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