Sentencia nº 001906-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 093-2003/CCO-ODI-UDP-04-04 |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1906-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 093-2003/ CCO-ODI-UDP-04-04
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : INVERSIONES GRAN HOTEL BOLÍVAR S.A.
ACREEDOR : AFP INTEGRA S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : HOTELES, CAMPAMENTOS Y OTROS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 11179-2009/CCO-INDECOPI del 28 de
octubre de 2009, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos a
favor de AFP Integra S.A. frente a Inversiones Gran Hotel Bolívar S.A.,
ascendentes a S/. 13 546,39 por capital y S/. 35 704,90 por intereses derivados
de las comisiones impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia y
se desestima el pedido formulado por la entidad previsional para que se
inaplique a su solicitud de reconocimiento de créditos lo establecido por el
artículo 42.1 de la Ley General del Sistema Concursal, modificado por el
artículo 15 del Decreto Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de
preferencia a los créditos, toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo
dispuesto por el artículo 24 de la Constitución Política del Perú.
Lima, 21 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. El 12 de enero de 2009, AFP Integra S.A. (en adelante, Integra) solicitó el
reconocimiento de créditos provisionales frente a Inversiones Gran Hotel
Bolívar S.A. (en adelante, Hotel Bolívar)1, ascendentes a S/. 69 336,85 por
capital y S/. 177 532,00 por intereses, adjuntando liquidaciones para
cobranza correspondientes a diversos períodos comprendidos entre
diciembre de 1997 y noviembre de 2005, determinados sobre la
remuneración real y calculados al 1 de diciembre de 2008.
2. Mediante Resolución 11179-2009/CCO-INDECOPI del 28 de octubre de
2009, la Comisión reconoció el crédito de origen previsional que mantiene
Integra frente a Hotel Bolívar, ascendente a la suma de S/. 69 336,85 por
capital y S/. 177 532,00 por intereses, correspondiendo a los créditos
ascendentes a S/. 55 790,46 por capital y S/. 141 827,10 por intereses el
primer orden de preferencia y a la diferencia, el quinto orden.
1 Por Resolución 1209-2007/CCO-INDECOPI del 5 de febrero de 2007, la Comisión de Procedimientos Concursales
declaró la situaci ón de concurso de In versiones Gran Hotel Bolívar S.A. El 1 de diciembre de 2008 se publicó dicha
situación en el diario Oficial “El P eruano”.
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