Sentencia nº 000722-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0046-1999/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0722-2013/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 46-1999/CSM-ODI- CCPL
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA EMBOTELLADORA DEL PACÍFICO S.A.
ACREEDOR : PESICOLA PANAMERICANA S.R.L.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
NULIDAD
CALIFICACIÓN DE SOLICITUD
IMPROCEDENCIA
SUMILLA: SE DECLARA LA NULIDAD de la Resolución 6013-2012/CCO-
INDECOPI del 24 de septiembre de 2012, que declaró que no correspondía el
inicio de un procedimiento sancionador contra Right Business S.A. La razón
es que el escrito presentado el 26 de abril de 2012, complementado el 27 de
junio del mismo año por Pepsicola Panamericana S.R.L. no fue un pedido de
inicio de procedimiento sancionador sino uno de suspensión del proceso de
venta de los activos de Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. realizado
por Right Business S.R.L., por lo que dicho órgano resolutivo deb
encauzar el referido escrito como tal, de conformidad con lo dispuesto en los
Asimismo, considerando que esta Sala cuenta con elementos de juicio
suficientes para emitir pronunciamiento sobre el fondo de la materia
discutida, corresponde integrar la resolución recurrida conforme a lo
establecido en el artículo 217.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo
General atención a lo dispuesto por y declarar IMPROCEDENTE el pedido
formulado por Pepsicola Panamericana S.R.L. La razón es que ni la Comisión
ni esta Sala son competentes para disponer la suspensión de un proceso de
venta de activos.
Lima, 6 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0696-1999/CSM-ODI-CCPL del 12 de mayo de 1999, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión) declaró
la insolvencia de Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. en Liquidación
(en adelante, Cepsa) y en sesión de junta de acreedores del 19 de
noviembre de 1999, se acordó la disolución y liquidación de la referida
deudora.
2. Por aviso publicado el 13 de agosto de 2009 en el diario oficial “El Peruano”,
Serviflotas S.A., presidente de la junta de acreedores de Cepsa, convocó a
dicho órgano deliberativo para el 30 de septiembre y el 5 de octubre de 2009.

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