Sentencia nº 000810-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 9 de Septiembre de 2004

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente190156-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0810-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 190156-2003
1-25
ACCIONANTE : CORPORACIÓN MIYASATO S.A.C.
EMPLAZADO : MIGUEL ANGEL ARCENIO AMAYA
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial: Fundada - Uso
nombre comercial - Riesgo de confusión entre signos que distinguen
actividades económicas relacionadas con la comercialización de productos de
las clases 6, 12 y 19 de la Nomenclatura Oficial: Existencia - Imposición de
sanciones - Costas y costas del procedimiento
Lima, nueve de abril del dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de setiembre del 2003, Corporación Miyasato S.A.C. (Perú) formuló
denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial contra Miguel Angel
Arcenio Amaya y otros que resulten responsables. Manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de las marcas (debió decir nombres comerciales) CORPORACIÓN
MIYASATO y logotipo en las clases 6, 12 y 19 de la Nomenclatura Oficial,
inscrito bajo certificados N° 2641, 2642 y 2643, respectivamente.
(ii) Su empresa es una de las compañías más prestigiosas y reconocidas del Perú
en el rubro de la producción, comercialización y distribución de productos de
cristal y aluminio destinados principalmente a la industria de la construcción y la
industria automotriz, así como a la prestación de servicios de instalación.
Asimismo, cuenta con más de 63 años de experiencia, iniciando sus
operaciones en un local ubicado en el Callao, implementando en el año 1983
una de las fábricas de cristales más importantes de Sudamérica con la
denominación LAMITEMP que identifica sus productos.
(iii) Su empresa elabora una gran cantidad de productos de reconocida calidad,
tales como: vidrios y cristales (templado, laminado, curvo, blindado y antibalas,
acústico, serigrafiado, arenado, mamparas y sistemas, doble vidrio, flotado y
catedral, entre otros); parabrisas y laterales para autos, camionetas y
autobuses, así como láminas de seguridad; aluminios y accesorios (mamparas
y sistemas, escaleras, planchas, paneles, duchas, perfiles, entre otros);
siliconas y adhesivos para vidrios, aluminios, baños, cocina, construcción, entre
otros; policarbonatos (planchas, entre otros); sistemas de muro cortina y
revestimentos y láminas (seguridad, decoración, control solar, etc.). Asimismo,
brinda servicios relacionados con su actividad económica, como la instalación
de cristales templados, cristales laminados; cristales curvos e insulados;
instalación de cristal blindado y antibalas; instalación de sistemas de aluminios
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
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y revestimientos de interiores y exteriores e instalación de sistemas integrales
de aluminios y cristalería para todo tipo de edificaciones.
(iv) Debido a la amplia trayectoria y experiencia de su empresa, así como a la
variedad y calidad de sus productos y servicios, goza de prestigio y
reconocimiento en el mercado peruano y en el extranjero, pues efectúa
operaciones de exportación a compañías chilenas, argentinas, panameñas,
ecuatorianas y bolivianas, encargándose del embalaje, embarque y seguimiento
del producto hasta el destino final.
(v) El principal signo distintivo y sobre el cual reposa la imagen de su empresa es
CORPORACION MIYASATO y logotipo, que es empleado en la publicidad,
facturas, comprobantes de pago y otros documentos comerciales.
(vi) El grado de conocimiento de su marca se encuentra ampliamente extendido en
el sector pertinente dentro del Perú, entendiéndose como sectores pertinentes a
los consumidores reales y potenciales de sus productos y servicios, a las
personas que participan en los canales de distribución y comercialización de
sus productos, así como los círculos empresariales que actúan en los giros
relativos a sus actividades económicas, en especial, la industria de la
construcción e industria automotriz. Además, su marca posee una gran
extensión geográfica, pues es empleada a nivel nacional, debido a que cuenta
con cadenas de distribuidores autorizados en Lima y provincias, así como por la
participación de su empresa en diversas ferias, exposiciones y otros eventos. El
grado de distintividad de su marca es bastante apreciable toda vez que está
constituido por un término de fantasía o arbitrario como MIYASATO y
comprende elementos figurativos que incrementan su distintividad.
(vii) Su denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial también
comprende una denuncia por la comisión de actos de competencia desleal
vinculados con la propiedad industrial.
(viii) Tomó conocimiento de la existencia y difusión de volantes publicitarios en los
que se consigna, sin su autorización, su marca CORPORACIÓN MIYASATO y
logotipo y frases características de su empresa como ALTA TECNOLOGÍA EN
ALUMINIOS Y CRISTALES. Asimismo, en el volante se indica SOMOS
DISTRIBUIDORES A NIVEL NACIONAL haciéndose referencia a distintos
establecimientos, sin embargo, ni las direcciones ni los números telefónicos
corresponden a sus establecimientos ni a los establecimientos con los cuales
su empresa mantiene una vinculación económica.
(ix) En local ubicado en Av. Angélica Gamarra Nº 769 - San Martín de Porres
constató que también se empleaba su marca en un cartel publicitario, cuya
fotografía adjuntó. En dicho local sus funcionarios fueron atendidos por el
emplazado, solicitándole una proforma de vidrios templados con la finalidad de
determinar la manera en la que desarrollaba sus actividades económicas. Tal
como se aprecia de la proforma, el emplazado ha reproducido sin autorización
su marca CORPORACIÓN MIYASATO y logotipo, lo que se configura como

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