Sentencia nº 001495-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Julio de 2012

Fecha de Resolución 9 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente317-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1495-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 317-2007/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : VERÓNICA FÁTIMA CASTAÑEDA BURGOS CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 8755-2011/CCO-INDECOPI del 1 de
diciembre de 2011, que de sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de Verónica
Fátima Castañeda Burgos en Liquidación por no haber constituido una carta
fianza a favor del Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto y, en
consecuencia, declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario
de dicho deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley
General del Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los actuados al
Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja que declare la quiebra
de la empresa deudora, al haberse iniciado el concurso de conformidad con
lo establecido en el artículo 703 del Código Procesal Civil.
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 8755-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 9 de julio de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 7 del 18 de julio de 2007, el Cuarto Juzgado de Paz Letrado
de Surco y San Borja declaró la disolución y liquidación del patrimonio de
Verónica Fátima Castañeda Burgos (en adelante, la señora Castañeda), en
aplicación del artículo 703 del Código Procesal Civil. Por Oficio 13036-2004
del 28 de setiembre de 2007, el referido juzgado remitió a la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) copias
certificadas del Expediente Judicial 13036-2004 correspondiente a la
demanda de obligación de dar suma de dinero seguida por Interbank frente a
la señora Castañeda, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.

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