Sentencia nº 003243-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-174
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 3243-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-174
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : JAVIER GUSTAVO RAMÍREZ GONZÁLES
PROCEDIMIENTO : PREVENTIVO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se MODIFICA la Resolución 3239-2010/CCO-INDECOPI del 7 de
mayo de 2010, que registró como contingentes los créditos controvertidos
judicialmente entre el señor Javier Gustavo Ramírez Gonzáles y
Panamericana Televisión S.A. ascendentes a S/. 57 770,02 por concepto de
capital y reformándola, se precisa que se REGISTRAN COMO
CONTINGENTES, además de los créditos por capital, los créditos por
concepto de intereses derivados de dicho capital y los costos del proceso
judicial, debido a que dichos créditos se encuentran controvertidos ante el
fuero judicial.
Lima, 16 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 19 de mayo de 2010, el señor José Nicanor Rodríguez
Fuentes (en adelante, el trabajador) solicitó ante la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur el registro como contingente los
créditos derivados del proceso judicial que sigue dicho trabajador frente a
Panamericana Televisión S.A.1 Para sustentar su posición, el trabajador
presentó, entre otros documentos, copia de la demanda de pago de
beneficios sociales presentada el 28 de mayo de 2008 por el trabajador
contra la empresa deudora.
2. Por Resolución 3239-2010/CCO-INDECOPI del 7 de mayo de 2010, la
Comisión, en aplicación del artículo 39.5 de la Ley General del Sistema
Concursal, registró como contingentes los créditos ascendentes a
S/. 57 770,02 por concepto de capital derivados de CTS, vacaciones truncas,
gratificaciones y remuneraciones, debido a que dichos créditos se encuentran
controvertidos ante el fuero judicial2.
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” que Panamericana Tel evisión S.A. quedó sometida a un Procedimient o Concursal Preventivo.
2 Asimismo, la Comisión declaró la suspensión del procedim iento de reconocimiento de créditos del tr abajador frente
a Panamericana.

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